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Modifican contenido del reporte sobre ventas con exención de IVA realizadas el 21 de noviembre del 2020. | |
Con el fin de facilitar la presentación y uso de la información correspondiente a las ventas con exención de IVA realizadas el 21 de noviembre del 2020, la Dian, a través de la Resolución 116, del pasado 24 de diciembre, modificó el artículo 1 de la Resolución 106 del 2020, en lo que tiene que ver con el contenido del reporte que debe entregar el vendedor o responsable, en cuanto a que ya no es necesario informar el tipo de documento del tarjetahabiente o remitente del pago, su identificación, ni el nombre.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Resolución Nº 000116 / 24-12-2020
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(2021-01-08) Consultar |
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Factura electrónica de venta - Expedición de factura electrónica de venta. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta:
“¿El
término establecido en el artículo 684-2 del Estatuto Tributario
tiene aplicación frente a los plazos establecidos en el artículo
20 de la resolución 042 de 2020?, en caso afirmativo, quiere
decir, que si un proveedor cuyo plazo para iniciar a facturar
electrónicamente vence el 01 de noviembre de 2020 y se acoge
a dicho plazo, las facturas (los XML) que emita luego de vencido
el término, haciendo uso de dicho término son válidos para el adquiriente como soporte de costos, deducciones e impuestos
descontables (lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el
artículo 83 de la resolución 042 de 2020)?”
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1308 / 19-10-2020
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(2021-01-07) Consultar |
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Tema Factura electrónica de venta. Descriptores Obligación de expedir factura. | |
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Consulta:
Los documentos equivalentes que se tienen como soporte
para la adquisición de servicios de los no obligados a
facturar con sus respectivo consecutivo, cumplen con el
requisito asimilable a la factura electrónica, y por lo tanto
NO ESTÁN SUJETOS AL LÍMITE DEL 30% (porcentaje
máximo que podrá soportarse sin factura electrónica de
www.Pongasealdia.com/Pongasealdia
venta regulado en el artículo 80 de la resolución 000042
de 2020 en concordancia con el artículo 1.6.1.4.27 del
Decreto 358 de 2020).
En caso de que la respuesta sea negativa, se pregunta: Los
documentos equivalentes que se tienen como soporte
para la adquisición de servicios de los no obligados a
facturar con sus respectivo consecutivo, ESTÁN SUJETOS
AL LÍMITE DEL 30% (porcentaje máximo que podrá
soportarse sin factura electrónica de venta, pero si con el
documento equivalente, según lo regulado en el artículo
80 de la resolución 000042 de 2020 en concordancia con
el artículo 1.6.1.4.27 del Decreto 358 de 2020).
¿Los documentos enunciados en los numerales 1 al 5 del
artículo 80 de la Resolución 000042 de 2020, en
concordancia con el artículo 1.6.1.4.27 del Decreto 358 de
2020, se encuentran dentro del límite del 30% (para el
año 2020) como porcentaje máximo que podrá soportarse
sin factura electrónica de venta?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1328 / 21-10-2020
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(2020-12-23) Consultar |
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Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta:
- “¿Estamos las copropiedades horizontales obligadas a solicitar
resolución de numeración para documento soporte en compra de
bienes y servicios a no obligados a facturar?
Dado que intente realizar
el proceso como Copropiedad y no fue posible encontrar la opción en
el portal de la DIAN”.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 1204 / 30-09-2020
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(2020-11-27) Consultar |
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Factura electrónica de venta como titulo valor / Firma digital. | |
Consulta
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario plantea como inquietud lo siguiente:
- “El
artículo 621 del Código de Comercio menciona que, para que la factura se constituya como
título valor se debe reflejar la firma de quien la crea, para el caso de la factura electrónica
como se soporta este requisito?, o ya no es necesario este requisito en la modalidad de
facturación electrónica?”.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 1230 / 07-10-2020
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(2020-11-26) Consultar |
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Proyecto Resolución, por la cual se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor y se
expide el anexo técnico de registro de la factura electrónica de venta como título valor.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Proyecto Resolución.
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(2020-11-26) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Documentos equivalentes a la factura de venta. | |
Consulta:
El servicio de instalación de medidores es conexo con el
servicio de acueducto? ¿O este debe facturarse
individualmente y facturar IVA?
¿Con respecto a la facturación electrónica, las empresas
públicas están obligadas a facturar electrónicamente el
servicio de acueducto, alcantarillado y aseo? O solo obliga
para los conceptos adicionales.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Impuesto al patrimonio. / Deberes formales.
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(2020-11-26) Consultar |
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Cuando los sujetos obligados a facturar no tengan más de un establecimiento de comercio, sede, oficina, local, punto de venta o lugares donde desarrollen sus actividades económicas, no deberán utilizar prefijos. | |
Consulta:
“Por qué el sistema de la DIAN de autorización de
numeración permite obtener para los documentos del artículo
38 prefijos con dígitos inferiores a 4 y por qué exije PREFIJO
para todos los documentos de este artículo si en el artículo
39 dice que el prefijo es para aquellos que tengan más de un
establecimiento de comercio, local oficina o sede?”
“En la resolución 042 de 2020 señalan para varios
documentos soporte del sistema de facturación la obligación
de informar la calidad de autorretenedor de renta y
complementarios, a qué hace referencia esta condición?”
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Factura electrónica de venta.
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(2020-11-23) Consultar |
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Factura Electrónica de Venta / Expedición y entrega / Realización del ingreso. | |
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria plantea lo siguiente:
Una sociedad presta servicios tales como recargas, recaudos de servicios públicos y otros
conceptos. El horario de la actividad va hasta las 10 p.m., hora en la que se transmite la
información a través de interfaz y sólo hasta el día siguiente se reflejan los valores de la
operación comercial. Manifiesta que el primer día de cada mes se emite factura electrónica
con fecha del último día del mes anterior, debido a que sólo hasta el día siguiente es posible
validar y conciliar los datos y, adicionalmente para registrar el ingreso en el mes en el que
se devenga contablemente.
A partir de lo anterior solicita se resuelva la siguiente consulta:
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1250 / 07-10-2020
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(2020-11-20) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente. | |
1. “¿La Dirección Nacional de Derecho de Autor debe expedir
los documentos de pago de nómina a sus funcionarios a
través del software de facturación electrónica?, según indica
el radicado 904164 y número de documento 100208221-1004
sobre facturación electrónica.”
2. “La entidad de Derecho de Autor debe solicitar software de
facturación electrónica para expedir “documento soporte en
adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados expedir
factura de venta o documento equivalente? Si la entidad es
no contribuyente del impuesto de renta.”
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Documento soporte en adquisiciones efectuadas
a sujetos no obligados a expedir factura de
venta o documento equivalente.
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(2020-11-17) Consultar |
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Factura electrónica de venta. / Obligación de expedir factura. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario plantea una situación particular y concreta que versa sobre la obligación de facturar enmarcada en la prestación de servicios en el sector salud.
Deberá la consultante analizar si los servicios descritos obedecen a la prestación de un servicio que da origen a un pago derivado del mismo por parte del consumidor final, susceptible de constituir ingreso, caso en el cual, deberá expedir las respectivas facturas de venta a quien contrata el servicio, en la forma en que lo indican los artículos 615, 616-1 y 617 del E.T.
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Factura electronica de venta. / Obligacion de expedir factura.
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(2020-11-10) Consultar |
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Tema Factura electrónica de venta. Descriptores Documentos equivalentes a la factura de venta. | |
Consulta:
Vigencia del documento equivalente a la factura de venta para operaciones en la bolsa de valores, el peticionario pregunta:
"(...) las sociedades comisionistas siendo (...) "sujetos obligados a facturar" (...) están facultadas a usar el comprobante de liquidación de operaciones expedido por la bolsa de valores de Colombia, para continuar soportando sus ingresos por comisiones, y en consecuencia se mantiene vigente dicho documento equivalente, para las sociedades comisionistas".
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Documentos equivalentes a la factura de venta.
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(2020-11-04) Consultar |
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Tema Factura electrónica de venta. Descriptores Obligación de expedir factura. | |
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Consulta:
Plantea varios interrogantes que versan sobre la obligación de facturar enmarcada en el
caso de la Dirección de Gestión de Comercio Exterior del Ministerio de
Comercio Industria y Turismo, dependencia que percibe ingresos por
diferentes conceptos, entre estos, la venta de bases de datos y el cobro
de la expedición de licencias de importación.
1.¿Los ingresos percibidos por la DGCE, se consideran tasas,
contribuciones o venta de bienes y servicios? teniendo en
cuenta que las funciones que desarrolla están
enmarcadas dentro de la actividad económica CIUU 8412
que corresponde a “Actividades ejecutivas de la
administración pública 0,80%”, según inscripción en el
RUT y concepto emitido por la Oficina Asesora Jurídica
del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través
de memorando electrónico OAJ-2020- 000393 del 17 de
julio de 2020:
2.¿Es el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sujeto
pasivo del impuesto de Industria y Comercio y del
Impuesto a las Ventas?
3.Desde el punto de vista tributario, el documento generado
electrónicamente por el botón de pago PSE, puede
considerarse equivalente a la factura, teniendo en cuenta
que éste no está contemplado en la Resolución 000042
del 2020, sin embargo, genera un consecutivo
automático. O se debe solicitar resolución de numeración
a la DIAN?
4.De no ser posible generar facturación electrónica por SIIF
Nación en el corto plazo, debido a la complejidad y el
volumen de operaciones diarias que se canalizan por el
botón de pagos. Se puede continuar manejando por PSE
y, este documento tendrá validez para los importadores
y exportadores, como deducible de costos y gastos?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Factura electrónica de venta. Obligación de expedir factura.
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(2020-11-03) Consultar |
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Tema Factura Electrónica de venta. Descriptores Documento soporte en adquisiciones con sujetos no obligados. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, la cual versa sobre la aplicación del documento soporte en adquisiciones con sujetos no obligados a expedir factura de venta.
El peticionario consulta si la obligación que este sea generado de forma física por parte del adquiriente del bien o servicio, "(...) se refiere a tenerlos en computador o papel, o solo tener un formato físico".
Además, pregunta acerca del avance en su implementación electrónica.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Documento soporte en adquisiciones con sujetos no obligados.
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(2020-10-29) Consultar |
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Factura Electrónica de venta / Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente. | |
Consulta:
En caso de registrar un documento soporte (ejemplo: en Mayo), y en Junio por temas contractuales se acuerda reducir el valor de la cuenta. En el entendido que las notas debito - crédito son para la facturación electrónica, ¿cuál es el documento idóneo para hacer la reducción de la cuenta?
El numeral 2 del artículo 55 de la resolución 42 de mayo 2020, indica: "Tener la fecha de la operación que debe corresponder a la fecha de generación del documento" ¿qué ocurre cuando las cuentas se pasan mes vencido, ejemplo (la cuenta de mayo se pasa el mes de junio)?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.
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(2020-10-16) Consultar |
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Factura Electrónica de venta / Obligación de expedir factura de venta o documento equivalente. | |
Consulta:
Respecto a la consulta en referencia, la cual versa sobre la obligación de expedir factura de venta, dentro de la cual la peticionaria consulta acerca de si esta obligación es exigible en la celebración de contratos sindicales que derivan el pago de compensaciones.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Obligación de expedir factura de venta o documento equivalente.
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(2020-10-15) Consultar |
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Factura Electrónica de venta / Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta lo siguiente:
"Con el fin de dar cumplimiento al artículo 55 de la resolución 042 de 2020, elevamos la siguiente consulta:
Se tienen unos documentos equivalentes a la factura ya reimpresos y los mismos tienen inscrito el texto "DOCUMENTO EQUIVALENTE A LA FACTURA DECRETO 522". Podemos utilizar estos documentos físicos hasta agotar existencias, adicionando de forma impresa desde nuestro sistema los nuevos requisitos del documento soporte en adquisiciones efectuadas...?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta.
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(2020-10-15) Consultar |
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Factura Electrónica de venta / Documentos equivalentes a la factura de venta. | |
Consulta:
Respecto a la consulta en referencias, en la cual se requiere interpretación sobre la aplicación de los numerales 11 y 13 del artículo 13 de la resolución 000042 de 2020 que se refiere a los documentos equivalentes y su relación con el calendario de implementación de la factura electrónica de venta para empresas prestadoras de servicios públicos.
Sujetos que podrán expedir documentos equivalentes a la factura de venta.
Los sujetos obligados a facturar, sin perjuicio de la obligación de expedir factura electrónica de venta, podrán expedir los documentos equivalentes conforme a lo dispuesto en el artículo 1.6.1.4.6 del decreto 1625 de 2016, Único reglamentario en materia tributaria y el artículo 13 de esta resolución.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 1109 / 09-08-2020
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(2020-10-13) Consultar |
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Tema Factura electrónica. Descriptor Documento soporte en adquisiciones con no obligados. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si, con
ocasión de la expedición de la Resolución 42 de 2020, la factura emitida
en el exterior por parte del prestador de servicios extranjero es soporte
de deducción de costos y gastos, o si se debe emitir documento soporte
en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura
de venta o documento equivalente.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 952 / 31-07-2020
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(2020-10-09) Consultar |
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Guía de uso Facturación Gratuita DIAN. | |
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La DIAN agradece tu confianza al elegir el software «Facturación Gratuita DIAN» como tu servicio
de facturación electrónica, el cual está disponible para toda persona, natural o jurídica que requiera o
desee generar y recibir documentos electrónicos de forma ilimitada.
Este sistema te permite consultar y descargar las facturas y notas débito-crédito electrónicas generadas.
Para hacer uso del software «Facturación Gratuita DIAN», primero debes registrarte como facturador
electrónico en el portal “Habilitación” de Factura Electrónica DIAN, posteriormente para obtener
el estado “Habilitado” debes realizar exitosamente el SET de pruebas: 2 Facturas Electrónicas, 1 Nota
Crédito y 1 Nota Débito.
Para conocer la fecha en la que debes empezar a generar facturas electrónicas, por favor consulta el
calendario de implementación en el micrositio de Factura Electrónica que se encuentra en la página de
la DIAN.
El código de la actividad económica principal se encuentra registrado en el RUT- Registro Único Tributario, casilla 46. Los Códigos CIIU se encuentran en la Resolución 139 de 2012; los códigos de las actividades
económicas se componen de un número de 4 dígitos.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Guía de uso Facturación Gratuita DIAN.
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(2020-10-08) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Obligación de facturar. | |
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta:
“Un cliente de una estación de servicio de combustibles, le reclama "factura electrónica de venta"
por concepto de suministro de gasolina y biodiesel por el hecho de pertenecer el distribuidor
minorista de combustible al régimen simple de tributación.
Sin tener en cuenta lo dispuesto en el
artículo 1.6.1.4.2. del Decreto 1625 de 2016, que establece que los distribuidores minoristas de
combustibles derivados del petróleo y gas natural comprimido, no se encuentran obligados a
expedir factura en sus operaciones, en lo referente a estos productos.
Agradezco su valiosa colaboración, toda vez que el cliente se niega a cancelar el combustible
suministrado, alegando que el distribuidor minorista debe expedirle factura electrónica de venta
porque pertenece al RST”
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 935 / 29-07-2020
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(2020-10-06) Consultar |
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Factura Electrónica de Venta / Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente. | |
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta textualmente lo siguiente:
De acuerdo con lo expuesto y considerando que el municipio de Aguazul no tiene la calidad de contribuyente en renta, ni responsable de IVA, Esta en la obligación de expedir documento soporte en adquisiciones?
Debe solicitar numeración para generar este documento soporte?
El municipio deberá transmitir electrónicamente el documento mencionado, habida cuenta que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la resolución 42 de 2020, tendría la obligación de implementar factura electrónica desde 01 de octubre de 2020?
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Dirección de Impuestos Nacionales.
Factura Electrónica de Venta / Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente.
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(2020-10-01) Consultar |
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Factura de Venta. Obligación de facturar pago anticipado y anticipo. | |
El peticionario en el radicado de la referencia, después de hacer un
recuento de una situación particular y concreta con la Junta Regional
de Calificación de Invalidez de Norte de Santander, acerca de la
correcta interpretación que debe darle al oficio No. 027630 del 06 de
noviembre de 2019 de esta entidad, solicita se aclare:
“-Las diferencias entre “anticipo” y pago anticipado.
-Las reglas de facturación establecidas para el PAGO ANTICIPADO
en los términos de la RESOLUCIÓN DIAN 042 DEL 5 DE MAYO DE
2020.
La diferencia que la doctrina encuentra entre anticipo y pago
anticipado, consiste en que el primero corresponde al primer
pago de los contratos de ejecución sucesiva que habrá de
destinarse al cubrimiento de los costos iniciales, mientras
que el segundo es la retribución parcial que el contratista
recibe en los contratos de ejecución instantánea.
-
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 1061 / 27-08-2020
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(2020-09-28) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Inconvenientes técnicos y tecnológicos. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta: “Cuando
sea necesario elaborar una “factura de contingencia” esta puede
imprimirse desde el software en una hoja normal (cumpliendo todos
los requisitos de ley) o necesariamente debe imprimirse en una forma
pre - impresa”.
Por el tiempo en que dure el inconveniente, se deberá
expedir factura de venta de talonario o de papel, la citada
factura de venta se podrá generar para su expedición de
forma manual o autógrafa o a través de sistemas
informáticos electrónicos.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 987 / 13-08-2020
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(2020-09-25) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Obligación de facturar. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta
respecto a la exigibilidad del sistema de facturación electrónica de
venta o documento soporte para las operaciones de pagos de
nómina.
El parágrafo 6 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario dispone:
“PARÁGRAFO 6. El sistema de facturación electrónica es
aplicable a las operaciones de compra y venta de bienes y de
servicios. Este sistema también es aplicable a otras operaciones
tales como los pagos de nómina, las exportaciones, importaciones
y los pagos a favor de no responsables del impuesto sobre las ventas
–IVA”.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 1004 / 20-08-2020
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(2020-09-24) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Obligación de expedir factura. | |
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Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario plantea
interrogantes los cuales se atenderán en el orden en que fueron
propuestos, y versan sobre la obligación de facturar enmarcada en el
caso del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF, quien recibe
bienes por vocaciones hereditarias, vacantes y/o mostrencos, los
cuales por ley son entregados a la citada entidad.
“La venta de estos bienes muebles y/o inmuebles, obliga
al ICBF generar facturación electrónica o documento
equivalente? Teniendo presente que no es comerciante,
no es su objeto social la venta inmuebles (sic), estas
ventas son eventuales y se realizan por acto
administrativo”
“Si el ICBF No está obligado a facturar electrónicamente,
que proceso debe realizar ante la DIAN para quitar de las
responsabilidades tributarias del RUT dicha obligación?
En caso contrario, el ICBF puede generar documento
equivalente en lugar de factura electrónica, el cual está
siendo desarrollado por el MHCP en su aplicativo SIIF
Nación II o puede utilizar el módulo de facturación
electrónica gratuita entregado por el DIAN?”.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1038 / 25-08-2020
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(2020-09-22) Consultar |
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Factura electrónica / Descriptor Documento soporte en adquisiciones con no obligados. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta si, con
ocasión de la expedición de la Resolución 42 de 2020, la factura emitida
en el exterior por parte del prestador de servicios extranjero es soporte
de deducción de costos y gastos, o si se debe emitir documento soporte
en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura
de venta o documento equivalente.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 952 / 31-07-2020
Descarga
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(2020-09-16) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Descriptores Obligación de facturar electrónicamente. | |
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario plantea una serie de interrogantes
relacionados con la obligación de facturar y la implementación de la factura electrónica de
venta, los cuales se contestarán en el orden en que fueron propuestos.
1. “¿Cómo se armonizan los plazos de 3 meses y 30 días de los artículos 69 y 86
Resolución 0042?
2. “¿Para el caso de un Gran Contribuyente que ya se encontraba habilitado para
facturar electrónicamente, cuál es la consecuencia de la no implementación
del anexo 1.7-2020, dentro del término de 30 días establecido en el artículo 86
de resolución 0042 de Mayo 5 de 2020?
3. “¿Cuál es la consecuencia para el adquiriente que reciba las facturas que han
sido validadas por la DIAN, de facturadores electrónicos que estando obligados aún no han adoptado el nuevo anexo técnico 1.7-2020?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1044 / 25-08-2020
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(2020-09-14) Consultar |
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Procedimiento Sancionatorio / Sanción de clausura de establecimiento de comercio. | |
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Consulta:
Consulta la peticionaria sobre la interpretación del numeral 1° y la aplicación del parágrafo 6 del artículo 657 del Estatuto Tributario, formulando una serie de preguntas, planteando el siguiente contexto:
“Cuando en cumplimiento de las normas de facturación el obligado solicita la respectiva autorización de la numeración de facturas y la Dian autoriza el rango y vigencia de la numeración solicitada, es común que el software del sistema de facturación (cuyo proveedor y software tiene autorización y aprobación de la Dian) anteponga ceros a la numeración autorizada, por diseño del software en consideración a la potencial utilización en número de dígitos requeridos”.
¿El hecho que las facturas expedidas contengan ceros a la izquierda de la numeración autorizada, constituye infracción sancionable? y ¿Cuál es la norma de rango legal que la prevé como causal sancionable?
¿Puede decirse que desde la fecha de expedición de la primera factura el obligado está incumpliendo el requisito de numeración consecutiva autorizada (numeral 1° Art. 657 del E.T.)?
¿Se entiende que se trata de infracción continuada desde la expedición de la primera factura? o ¿Se entiende que configura la comisión de una sola infracción en la fecha de la factura que en forma aleatoria la Administración de impuestos al revisar tome como prueba?
Si el obligado a facturar, como lo permite el parágrafo 6° del mismo artículo 657 del Estatuto Tributario, opta por la sustitución de la sanción de cierre por multa, (…) cuál es la base que debe tenerse en cuenta para determinar el monto de la multa?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 728 / 18-06-2020
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(2020-08-21) Consultar |
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Factura electrónica de venta / Factura expedida en moneda extranjera. | |
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta
textualmente lo siguiente:
Cómo emitir una factura en dólares, sírvase manifestar
sí el requisito previsto en el artículo 73 de la Resolución DIAN No.
42 del 5 de mayo de 2020 se cumpliría cuando la Factura
electrónica se emite en otra moneda legal diferente al peso
colombiano, pero indicando moneda legal en la que factura y la
TRM, toda vez que con esta información la DIAN tendría su
equivalente en pesos colombianos.
Sobre la moneda de negociación debe tenerse en cuenta
que si bien no existe una prohibición expresa para facturar en
dólares, la moneda que se debe utilizar para las operaciones en
nuestro país es la moneda legal colombiana, en esta medida se
debe hacer la conversión a pesos de acuerdo con lo explicado en
la doctrina que ha emitido esta Entidad.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 905 / 23-07-2020
Descarga
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(2020-08-20) Consultar |
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Funcionamiento del registro de las facturas electrónicas como título valor para poder negociarlas (factoring) o hacerlas exigibles ante un juez de la República. | |
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Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las
siguientes:
Al respecto, se precisa que la competencia de esta Entidad se
circunscribe a la administración del registro de dicho título valor en la
plataforma de factura electrónica de venta de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, mediante un sistema de
información denominado RADIAN (El registro de la factura electrónica
de venta considerada título valor).
Lo anterior, en razón a que el parágrafo 5° del artículo 616-1 del
Estatuto Tributario le atribuye a la DIAN la función de administrar el
registro de las facturas electrónicas consideradas como título valor que
circulen en el territorio nacional.
De igual forma el artículo 1.6.1.4.25 del Decreto 1625 de 2016, en
concordancia con los artículos 57 al 67 de la Resolución 000042 de
2020 y sus anexos técnicos, desarrollan las condiciones, términos,
mecanismos técnicos y tecnológicos que garantizan la implementación
del registro de la factura electrónica de venta como título valor; así
como la conservación íntegra de la información de este documento.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Oficio No 708 / 12-06-2020
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(2020-08-03) Consultar |
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Obligación de facturar / Requisitos de la factura de venta. | |
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En la consulta de la referencia el peticionario plantea inquietudes acerca de la aplicación de la obligación de facturar para las propiedades horizontales, las cuales serán atendidas en el orden en que fueron propuestas, así:
1. ¿Los prestadores de servicios de dichas copropiedades tales como vigilancia,
mantenimiento de equipos, aseo entre otros; deberán facturar y cobrar el IVA
estas propiedades horizontales? y por otro lado si bien el articulo 19-5 del
estatuto tributario establece que estas entidades están gravadas con el impuesto de renta por la explotación de sus áreas comunes, ¿deben también facturar IVA por ejemplo por el alquiler de parqueaderos y salón social?
2. En un Edificio mixto en el que se alquila el salón social y el Jacuzzi máximo 4
veces en el mes y se realiza cobro por los gastos que genera su mantenimiento
tales como aseo y productos de limpieza entre otros, pero que no se obtiene
utilidad dichas actividades; también está obligado a facturar con IVA esos
servicios?
3. Finalmente de la manera más atenta solicito su colaboración con la siguiente
inquietud: ¿Las propiedades horizontales mixtas y con ingresos por explotación
de sus áreas comunes que son declarantes de renta que además perciben
ingresos por rendimientos financieros, estos últimos se encuentran gravados con impuesto a la renta para este tipo de entidades?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Concepto No 746 / 12-06-2020
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(2020-08-03) Consultar |
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Obligación de facturar / Requisitos de la factura de venta. | |
En la consulta de la referencia el peticionario plantea inquietudes acerca de la aplicación de la
obligación de facturar en la venta de “paquetes alimentarios”, preguntando:
“(…)
1. Estaría gravando de manera integral todos los productos a la tarifa de IVA General.
2. Se deben facturar el total de productos incluidos pero discriminados unitariamente, con la
cantidad total.
3. Si existe algún decreto que se haya emitido sobre este respecto, me gustaría me lo dieran
a conocer, o si no confirmarnos o indicarnos como se debe generar la factura de venta, de
una Unión Temporal, para un municipio”.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 717 / 17-06-2020
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(2020-07-28) Consultar |
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Obligación de expedir Factura.- Factura Electrónica. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario pregunta acerca de la obligación de expedir
factura, planteado:
- “¿Deben facturar electrónicamente las compañías de capitalización que emiten títulos de
capitalización?”.
Las sociedades de capitalización deberán determinar, de acuerdo
al alcance de sus operaciones, en cuales de ellas se genera la obligación de expedir factura de
venta.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 707 / 12-06-2020
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(2020-07-21) Consultar |
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Impuesto sobre las ventas.- Exención especial. | |
En aras de dar alcance a la interpretación expuesta en el oficio No. 100208221-628 del 01 de junio de 2020, se precisa lo siguiente:
Obligación de expedición de la factura y/o documento equivalente para el
tiquete de máquina POS
El artículo 6 del Decreto Legislativo 682 de 2020 dispone, dentro de los requisitos para la procedencia de la exención, que:
“(…) La factura o documento equivalente de los bienes cubiertos que sea
expedida al consumidor final, debe ser emitida en el día en el cual se efectuó la enajenación de dichos bienes, de conformidad con el artículo 3 del presente
Decreto Legislativo.
Los bienes cubiertos se deben entregar al consumidor final dentro de las dos (2)
semanas siguientes, contadas a partir de la fecha en la cual se expidió la factura
o documento equivalente”.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 706 / 12-06-2020
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(2020-07-21) Consultar |
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Obligación de expedir factura o documento equivalente - Requisitos. | |
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta:
El deber de firmar está en cabeza del facturador electrónico, quien
puede a voluntad propia otorgar esta facultad mediante poder a su mandatario, con
el fin de que éste firme en su propio nombre
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 727 / 19-06-2020
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(2020-07-13) Consultar |
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Régimen Simple de Tributación. Distribuidores minoristas de combustibles. | |
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“ En caso de que una EDS minorista no gane el margen que establece el gobierno, se encuentra
en la obligación de calcular sus ingresos fiscales con base en esta norma, tributando sobre
utilidades que no corresponden a la realidad?
“Por el contrario, cuando una EDS minorista gana mucho más de lo establecido por el gobierno
como margen minorista, debe entonces calcular sus ingresos brutos de igual forma sobre el
margen que establezca el gobierno aun cuando sus ingresos son superiores?
“Una EDS que contablemente registra ingresos por cuatro mil millones ($4.000.000.000) de pesos
moneda corriente, pero que fiscalmente al aplicar lo estipulado en el artículo 10 de la Ley 26 de
1989 reporta como ingresos la suma de dos mil millones ($2.000.000.000). Teniendo en cuenta
que para todos los efectos fiscales se debe dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 10 este
contribuyente puede ingresar al régimen simple?”
Este Despacho ha indicado que pueden optar por el Régimen Simple de
Tributación todos aquellos contribuyentes que cumplan con la totalidad de las condiciones y no se
encuentran expresamente excluidos.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 724 / Distribuidores minoristas de combustibles.
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(2020-07-08) Consultar |
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Obligación de Facturar.- Requisitos de la factura de venta. | |
Consulta:
Si dentro de transacciones exentas de retención en la fuente del
Decreto 1555 de 2017, se encuentran las realizadas mediante el
documento equivalente de facturación POS.
Si es posible que se permita a la Bolsa, el registro de facturas
con documento equivalente de facturación POS de transacciones
de bienes o productos de origen agrícola, pecuario y/o pesquero,
sin procesamiento industrial o con transformación industrial
primaria, que se realicen o registren a través de la Bolsa, en la
cual la punta compradora no sea identificada o se utilice un NIT
genérico.
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 569 / 18-05-2020
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(2020-06-20) Consultar |
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Propiedad Horizontal obligación de expedir factura. | |
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria realiza unas preguntas, que serán resueltas por este Despacho en el orden en que fueron propuestas, así:
¿Está la propiedad horizontal obligada a facturar electrónicamente no solo los ingresos que generan IVA sino también las cuotas de administración que no están gravadas con este impuesto?
¿Se está procediendo incorrectamente solo facturando electrónicamente el ingreso gravado obtenido por explotación de área común y las cuotas de administración haciendo el cobro mediante documento equivalente?
¿El documento equivalente (Cuenta de Cobro) expedido por la propiedad horizontal no se considera válido como requisito para que el copropietario se lo descuente como costo o gasto en su renta?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio No 563 / 15-05-2020
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(2020-06-20) Consultar |
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Impuesto sobre las ventas.- Obligación de expedir factura, Requisitos. | |
Se va a realizar una importación de una mercancía al territorio
colombiano. El vendedor se encuentra en el extranjero pero tiene una
oficina filial en Colombia, quien realizará la expedición de la factura
comercial.
PREGUNTA:
¿Es viable que la oficina filial en Colombia genere la
factura? En este caso la moneda de negociación debe ser USD, ¿el
hecho de que facture en Colombia implica un cobro de IVA? ¿Qué tipo
de requisitos adicionales debemos tener en cuenta?
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Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Obligación de expedir factura, Requisitos.
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(2020-06-17) Consultar |
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Facturación, proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, anexo técnico de factura electrónica de venta. | |
Sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con
validación previa a su expedición.
Se encuentran obligados a expedir factura
electrónica de venta con validación previa a su expedición, los sujetos de que trata el
artículo 1.6.1.4.2. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia
Tributaria y el artículo 6 de esta resolución, en lo sucesivo facturadores electrónicos,
para tal efecto la obligación establecida en este artículo se debe cumplir atendiendo
los plazos de implementación dispuestos en el TÍTULO VI de esta resolución.
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(2020-05-15) Consultar |
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Se consulta si es posible emitir una misma factura a varios destinatarios. | |
El artículo 615 del Estatuto Tributario establece la obligación de
expedir factura en los siguientes términos:
“Art. 615 – Obligación de expedir factura. Para efectos tributarios,
todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes,
ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o
enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, deberán
expedir factura o documento equivalente, y conservar copia de la
misma por cada una de las operaciones que
realicen, independientemente de su calidad de contribuyentes o no
contribuyentes de los impuestos administrados por la Dirección
General de Impuestos Nacionales.”
Se considera entonces que, a partir de las normas señaladas, la factura
de venta debe expedirse a un único destinatario que no es otro que el
adquirente del bien o servicio.
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(2020-05-13) Consultar |
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Se desarrollan los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor. | |
La obligación formal de expedir factura de venta y/o documento equivalente se deberá cumplir con la expedición de la factura electrónica de venta o con cualquier otro sistema de facturación que se encuentre vigente.
Es una obligación tributaria de carácter formal que deben cumplir los sujetos obligados a facturar, que comprende su generación, así como la transmisión y validación para el caso de la factura electrónica de venta; la expedición se cumple con la entrega de la factura de venta y/o del documento equivalente al adquiriente, por todas y cada una de las operaciones en el momento de efectuarse la venta del bien y/o la prestación del servicio.
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(2020-05-08) Consultar |
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios.- Factura – Requisitos.- Documentos Sustitutivos de la Factura. | |
Consulta:
¿Cuáles son los requisitos que deben tener los documentos para
soportar la procedencia de costos, descuentos y deducciones
por compras realizadas a un no obligado a facturar?
Tanto los responsables como no
responsables del impuesto sobre las ventas se encuentran obligados a
registrarse en el RUT. En ese orden de ideas, cuando los sujetos no
responsables del impuesto sobre las ventas realicen actividades
gravadas con responsables del impuesto, se encontrarán obligados a
estar inscritos en el RUT, indicando en la casilla correspondiente su
calidad de no responsables y entregar una copia de dicho documento
al adquirente de los bienes y servicios
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(2020-05-08) Consultar |
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El artículo 615 del Estatuto Tributario establece la obligación de expedir factura. | |
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Consulta:
Una entidad gremial, apolítica, de derecho privado, de utilidad común,
sin ánimo de lucro cuyos fines son contribuir al desarrollo integral y
sostenible e integral y defender los intereses de sus afiliados para
incentivar en Colombia el uso de las energías alternativas, limpias y
eficientes a través de foros y otras actividades meramente académicas,
de modo que no presta servicios y solamente representa a un gremio
que aporta mensualmente una cuota destinadas al sostenimiento
administrativo de la entidad a la cual están afiliados.
También se encarga de recibir cuotas específicas de los afiliados para
su participación en congresos u otros eventos relacionados con los fines
inherentes al gremio que son contratados con entidades especializadas
en calidad de terceros.
Solicita se precise si a efectos de contar con algún soporte para los
ingresos que se reciben por cuotas de sostenimiento ordinario o
extraordinario aprobadas por la Asamblea General, o por la Junta
Directiva, por delegación del anterior órgano social,
¿es suficiente con que se expidan cuentas de cobro u otro documento
similar como equivalente a la factura?
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(2020-05-06) Consultar |
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Obligación de expedir factura. Distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo y gas natural comprimido. Factura electrónica. | |
Consulta:
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta acerca
de la obligación de expedir factura de venta por parte de los
distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo y gas
natural comprimido, trayendo a colación lo indicado en la Resolución
000020 de 2019.
A partir del primero (1) de septiembre de 2020
los distribuidores minoristas de combustibles derivados del
petróleo y gas natural comprimido, en lo referente a estos
productos, deberán expedir factura de venta y/o documento
equivalente”
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(2020-04-24) Consultar |
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Condiciones que deben acatar los sujetos pasivos del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE. artículo 905 del ET | < |
En el caso objeto de estudio, plantea el peticionario dos inquietudes, la
primera de ellas relacionada con la aplicación de la facturación
electrónica, y la segunda acerca del nuevo impuesto unificado bajo el
régimen simple de tributación, creado por la Ley 1943 de 2018.
Los obligados a facturar
electrónicamente son principalmente las personas naturales o jurídicas
que de acuerdo con el Estatuto Tributario tienen la obligación de
facturar y sean seleccionadas por esta entidad para expedir factura
electrónica.
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(2020-04-24) Consultar |
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Las Cooperativas de Ahorro y Crédito frente al calendario de implementación de la factura electrónica. | |
En primer lugar, debe precisarse que en razón a la declaratoria de
inexequibilidad de la Ley 1943 de 2018, la Resolución 000020 de 2019
se encuentra incursa en el fenómeno del decaimiento, por lo cual su
contenido tuvo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.
Sin embargo, se reitera lo explicado en el oficio No. 031058 de 2019,
en cuanto a que:
"(...) si bien todos los actos administrativos que se soporten en
disposiciones de la Ley 1943 de 2018, a partir del 01 de enero de
2020 sufrirán decaimiento, la factura electrónica de venta seguirá
siendo soporte de toda venta y/o prestación de servicios, así como
de costos, deducciones e impuestos descontables, en razón a que
los artículos del ET., previos a la expedición de la Ley así la
consideraban.
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(2020-04-15) Consultar |
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Resolución 00030.- Se señalan los requisitos de la factura electrónica de venta, así como las condiciones, términos y mecanismos para su implementación. | |
Resuleve:
Definiciones.
Para efectos de la aplicación de la presente resolución, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: (...)
Requisitos de la factura electrónica de venta:
La factura electrónica de venta deberá expedirse con el lleno de los siguientes requisitos:
1. Estar denominada expresamente como factura electrónica de venta.
2. Apellidos y nombre o razón social y numero de identificación tributaria - NIT - del vendedor o de quien presta el servicio.
3. Apellidos y nombre o razón social y número de identificación tributaria - NIT - del adquiriente de los bienes y servicios, Cuando el adquiriente persona natural...
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(2020-04-01) Consultar |
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La factura electrónica se consideran para todos los efectos como una factura de venta. | |
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Artículo 616-1. Factura o documento equivalente.
Parágrafo 1°. Todas las facturas electrónicas para su
reconocimiento tributario deberán ser validadas previo a su
expedición, por la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales (DIAN) o por un proveedor autorizado por esta.
La factura electrónica solo se entenderá expedida cuando sea validada
y entregada al adquirente.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando no pueda llevarse a cabo la
validación previa de la factura electrónica, por razones tecnológicas
atribuibles a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o
a un proveedor autorizado, el obligado a facturar está facultado para
entregar al adquirente la factura electrónica sin validación previa.
En
estos casos, la factura se entenderá expedida con la entrega al
adquiriente y deberá ser enviada a la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales (DIAN) o proveedor autorizado para su validación
dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del momento en
que se solucionen los problemas tecnológicos.
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(2020-03-27) Consultar |
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Por la cual se reglamentan y desarrollan los artículos 20 y 26 de la Ley 201O de 2019, el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, el Decreto 358 de 5 de marzo de 2020, incorporado al Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.
En relación con los sistemas de facturación, el registro de la factura electrónica de venta como título valor que circule en el territorio nacional y permitirá su consulta y trazabilidad, los proveedores tecnológicos y se dictan otras disposiciones en materia de sistemas de facturación.
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(2020-03-18) Consultar |
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Reglamentan sistemas de facturación electrónica establecidos en el Estatuto Tributario. | |
El Ministerio de Hacienda acaba de sustituir el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del
Libro 1 del Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria, para
definir los conceptos de acceso al software; adquiriente; calendario de implementación de
factura electrónica de venta; consumidor o usuario; expedición y entrega de factura de
venta o del documento equivalente; factura electrónica de venta con validación previa a su
expedición; facturador electrónico; generación de la factura electrónica de venta y
proveedor tecnológico, entre otros.
Por ejemplo, indica que la validación previa es el procedimiento electrónico a cargo de
la Dian, que consiste en la verificación de las reglas de validación de la factura
electrónica de venta, las notas débito, notas crédito y documentos electrónicos
derivados de la misma.
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(2020-03-10) Consultar |
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Aplicación de las normas que regulan la factura electrónica con validación previa, desde el 1° de enero de 2020. | |
Si bien los actos administrativos en relación con la factura electrónica con
validación previa, que se soportaban en disposiciones de la Ley 1943 de
2018, a partir del 1° de enero de 2020 quedaron incursos en el fenómeno
jurídico del decaimiento, la factura electrónica de venta con validación
previa sigue siendo soporte de las ventas y/o prestación de servicios, así
como de costos, deducciones e impuestos descontables
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(2020-02-17) Consultar |
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Por la cual se establecen los requisitos de la factura de talonario o de papel; los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición, el calendario de implementación.
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(2020-02-05) Consultar |
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Facturación de consorcios y uniones temporales. | |
Cuando la facturación la efectué el consorcio o unión temporal bajo su propio NIT, esta, además de señalar el porcentaje o valor del ingreso que corresponda a cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, indicará el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. Estas facturas deberán cumplir los requisitos señalados en las disposiciones legales y reglamentarias.
En el evento previsto en el inciso anterior, quien efectúe el pago o abono en cuenta deberá practicar al consorcio o unión temporal la respectiva retención en la fuente a título de renta, y corresponderá a cada uno de sus miembros asumir la retención en la fuente a prorrata de su participación en el ingreso facturado.
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(2020-02-05) Consultar |
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Obligación de facturar que ostentan las entidades públicas. | |
En atención al escrito en referencia, remitido por correo electrónico dentro del
cual expone un caso concreto acerca de la obligación de facturar que ostentan
las entidades públicas, requiriendo específicamente información contenida en el
calendario vigente para la implementación de la factura electrónica de venta.
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(2019-12-06) Consultar |
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Notas crédito Factura electrónica, descuento por pronto pago. | |
¿Los descuentos por pronto pago deben ser reportados mediante Nota Crédito Electrónica, a la Dian?
¿El concepto que tiene hoy la DIAN por descuento, incluye este tipo de descuentos, que son más financieros y se generan dependiendo la capacidad de pago de los clientes?
Antes de la entrada en vigencia de la Facturación electrónica, en el momento de la elaboración del recaudo (Recibo de Caja) se hacía reconocimiento de ese menor ingreso.
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(2019-11-06) Consultar |
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Notas crédito Factura electrónica, descuento por pronto pago. | |
¿Los descuentos por pronto pago deben ser reportados mediante Nota Crédito Electrónica, a la Dian?
¿El concepto que tiene hoy la DIAN por descuento, incluye este tipo de descuentos, que son más financieros y se generan dependiendo la capacidad de pago de los clientes?
Antes de la entrada en vigencia de la Facturación electrónica, en el momento de la elaboración del recaudo (Recibo de Caja) se hacía reconocimiento de ese menor ingreso.
Ahora con facturación electrónica, se puede seguir reconociendo ese menor ingreso por medio de Recibo de caja o es requisito que sea mediante Nota Crédito Electrónica trasmitida a la DIAN.
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(2019-10-25) Consultar |
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Factura Comercial. Requisitos. | |
“1. Mi duda surge en “expedidos en los términos previstos en el estatuto tributario”. ¿Cuáles son los artículo (sic) exactos del Estatuto Tributario que se deben tener en cuenta?, ya que e (sic) concepto no los especifica.
2. Necesariamente mi factura debe cumplir lo estipulado en el artículo 617 del estatuto tributario?
3. El Concepto Jurídico 16753 del 2017 junio 27 ¿está vigente?
4. ¿Qué conceptos y oficios vigentes puedo consultar para el tema de factura en el proceso de importación?
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(2019-10-16) Consultar |
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Sistema Técnico de Control de la Actividad Productora de Renta. | |
Una empresa prestadora de servicios públicos de salud ESE, factura por computador los servicios prestados mas no requiere autorización de numeración de facturación, en consecuencia, se pregunta:
¿Si la ESA factura por computador debe dar cumplimiento al artículo 14 de la misma resolución en lo referente a la impresión del comprobante diario de facturación?
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(2019-09-30) Consultar |
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Para efectos tributarios, la expedición de factura consiste en entregar el original de la misma, con el lleno de los requisitos. | |
Ahora bien, de la norma precitada se deduce por medio del criterio gramatical de interpretación normativa que, dentro de los requisitos de la factura de venta no se encuentra la discriminación del impuesto al consumo de bienes inmuebles. Por ende, en respuesta a su pregunta debe indicarse que no deberá discriminarse dentro de la factura de venta de bienes inmuebles este tributo.
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(2019-09-26) Consultar |
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Proyecto de resolución aplaza Facturación electrónica para el SIMPLE hasta el mes de Noviembre de 2019 | |
Por la cual se modifican la fecha máxima para iniciar la expedición de la factura electrónica de venta establecida para el Grupo 1 del numeral 2 y el parágrafo transitorio del artículo 3 de la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019
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(2019-09-05) Consultar |
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¿Para el uso del portal de la DIAN de factura electrónica existe un tope de ingresos o cantidad de documentos máximos para usar esa herramienta?
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(2019-08-13) Consultar |
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Factura en Contratos de Mandato. | |
Quien tiene la obligación de facturar, si el mandante o el mandatario, se debe tener en cuenta que la enajenación (venta) final de los productos resultantes de la administración del negocio del mandante, es realizada por el mandatario, por lo que es éste quien debe emitir la respectiva factura por los bienes del mandante que enajene.
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(2019-02-28) Consultar |
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Son sistemas de facturación, la factura de venta y los documentos equivalentes. | |
La factura de talonario o de papel y la factura electrónica se consideran para todos los efectos como una factura de venta.
Los documentos equivalentes a la factura de venta, corresponderán a aquellos que señale el Gobierno Nacional.
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(2019-02-27) Consultar |
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Porcentaje máximo que podrá soportarse sin factura electrónica. | |
A partir del 1° de enero de 2020, se requerirá factura electrónica para la procedencia de impuestos descontables, y costos o gastos deducibles, de conformidad con la siguiente tabla:
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(2019-02-27) Consultar |
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Sanción por no presentar libro fiscal de registro de operaciones. | |
“¿Cuál es la sanción que procede para los responsables del régimen simplificado que no presenten el libro fiscal de registro de operaciones diarias o lo lleven atrasado?”
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Este libro fiscal deberá reposar en el establecimiento de comercio y la no presentación del mismo al momento que lo requiera la administración, o la constatación del atraso, dará lugar a la aplicación de las sanciones y procedimientos contemplados en el artículo 652, pudiéndose establecer tales hechos mediante el método señalado en el artículo 653.
Quienes estando obligados a expedir facturas, lo hagan sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en los literales a), h), e i) del artículo 617 del Estatuto Tributario, incurrirán en una sanción del uno por ciento (1%) del valor de las operaciones facturadas sin el cumplimiento de los requisitos legales, sin exceder de 950 UVT. Cuando hay reincidencia se dará aplicación a lo previsto en el artículo 657 del Estatuto Tributario.
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(2018-10-23) Consultar |
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Obligacion de expedir factura o documento equivalente/entidades publicas. | |
Es claro que la expedición de factura o documento equivalente constituye una obligación fiscal independientemente de la naturaleza jurídica de una entidad (pública o privada) o de su calidad de contribuyente o no.
Consulta:
1. Las entidades públicas del gobierno del nivel central y descentralizado del orden nacional para la causación y recaudo de sus rentas de contado, ¿deben expedir documentos equivalentes a factura?
2. Una vez realizados los ajustes al nuevo formato denominado “Documento de recaudo de contado” y del cual anexamos copia, ¿se puede adoptar como un documento equivalente a la factura?
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(2018-02-16) Consultar |
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Facturas impresas bajo normatividad anterior a la Resolucion 055 de 2016, por entidades no obligadas a solicitar autorizacion de numeracion. | |
En el evento que la factura respectiva tenga el tratamiento de título valor, la inclusión de la información aludida no altera el contenido que la norma de carácter comercial exige para que tenga esa connotación
Consulta:
Plantea usted que la Subdirección de Gestión Comercial en cumplimiento de sus funciones de disposición de mercancías y bienes, en la facturación de rentas propias, va a utilizar la factura de venta - formato 1781, caso en el cual la factura impresa tiene la siguiente leyenda:
“Agente retenedor IVA.
No obligado a solicitar resolución de numeración de facturas (Art. 3, Resolución 3878 de 1996)
Esta factura acredita la propiedad de la(s) mercancía(s) y no tendrá validez si presenta tachadura o enmendaduras." (Subrayado fuera de texto)
Aduce que la norma relativa a la no obligación de solicitar resolución de autorización de numeración ya no está vigente, por lo anterior solicita se informe si es posible utilizar o puede corregirse de alguna manera esta factura para utilizar el stock existente.
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(2018-02-14) Consultar |
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¿Que es la Factura Electronica? | |
Es, ante todo, una factura. Esto significa que tiene los mismos efectos legales que una factura en papel, se expide y recibe en formato electrónico.
En otras palabras, es un documento que soporta transacciones de venta bienes y/o servicios y que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas permitiendo el cumplimiento de las características y condiciones en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación.
- Características de la Factura Electrónica
• Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN.
• Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN.
• Cumple los requisitos del 617 ET y discrimina el impuesto al consumo cuando es el caso.
• Incluye la firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la DIAN.
• Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE.
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(2017-11-30) Consultar |
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La emision de una nota credito no siempre es inescindible a una factura en específico y que esta se pueden dar por diferentes razones, pero siempre debe estar asociada a una o unas ventas realizadas por el vendedor a su cliente respectivo. | |
¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las notas crédito para efectos fiscales?
Consulta:
Solicita el consultante se aclare o replantee lo señalado en el Oficio 006201 del 21 de marzo de 2017, teniendo en cuenta los siguientes argumentos:
“… 1. El fundamento normativo citado en el oficio no corresponde al del nuevo modelo de facturación electrónica (Decreto 2242 de 2015), sino al anterior. En efecto el 1.6.1.4.15 es realmente el artículo 3 del Decreto 1929 de 2007.
2. A nuestro parecer, las normas del Decreto 1929 de 2007 no resultan aplicables al nuevo modelo de facturación …”
Antes de proceder a analizar lo solicitado por el consultante es menester traer a colación las (sic) interrogantes formulados y resueltos en el oficio en cuestión, así:
“… A. ¿Cuáles so (sic) los requisitos o parámetro (sic) con los que deben contar las Notas Créditos generadas a partir de una factura física a efectos de tener validez fiscal?
B. ¿Las facturas en general, son fiscalmente inescindibles de las Notas Crédito y visceversa (sic)?, por ende ¿constituyen un único hecho para efectos fiscales?
I. Frente al interrogante A, resuelta en el Oficio 006201 de marzo 21 de 2017, bajo la pregunta número uno, manifestó lo siguiente:
“… 1. ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las notas crédito para efectos fiscales?
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(2017-11-15) Consultar |
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Regimen simplificado autorizacion de numeracion cuando opte por facturar. | |
Se precisa, que la razón por la cual un responsable del régimen simplificado quiere facturar es en atención a su efecto como título valor y en acatamiento de las normas previstas en el código de comercio.
Consulta:
Plantea usted los siguientes interrogantes:
1. La Resolución 5709 de 1996 establecía que un responsable del régimen simplificado que optara por facturar, no requería resolución de facturación. Si bien esta norma se encuentra derogada las razones que la justifican se mantienen, en esta medida, ¿puede afirmarse hoy que este tipo de responsables no requiere autorización de numeración? ¿Máxime cuando sigue vigente el documento equivalente previsto en el artículo 3 del Decreto 522 de 2003?
2. ¿Un responsable del régimen simplificado puede facturar electrónicamente, cuales son los requisitos para ello?
3. Cuáles son los requisitos para ser operador tecnológico en facturación electrónica, ¿cuál es el procedimiento para obtener esta categoría y los tiempos que tarda el trámite?
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(2017-06-21) Consultar |
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Factura por computador / Contingencia. | |
Alude usted al concepto especial de facturación de la DIAN No 85922 de 1998 y específicamente al siguiente texto:
"Ahora bien, en el momento de fallar el fluido eléctrico o por fallas del sistema por computador, es viable utilizar otro que temporalmente lo reemplace, siempre que la factura que se expida cumpla los requisitos exigidos por el artículo 617 del E. T."
Lo anterior con el fin de preguntar si deben entenderse que en el evento de fallar el sistema por computador, para efectos de expedir factura: ¿Es viable utilizar otro sistema de facturación, como por ejemplo facturación por talonario?
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(2016-12-20) Consultar |
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Servicio Publico de Transporte terrestre automotor de carga. | |
Solicita emitir un concepto sobre la posibilidad de dar viabilidad al manifiesto de carga terrestre como un documento equivalente a la factura comercial para el cobre del servicio, en las transacciones comerciales entre los actores de la cadena de transporte de carga por carretera o en su defecto analizar como considerar este documento factura comercial.
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(2016-12-20) Consultar |
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Impuesto a las ventas.- Facturacion. | |
Mediante el radicado de la referencia solicita la aclaración del Oficio número 012572 del 20 de mayo de 2016, pues considera que “la respuesta ofrecida queda abierta a la interpretación de cada cual”. Por tanto, requiere que se precise “en cuáles casos se debe expedir factura y en cuáles casos no es requisito, en ventas realizadas a través de las dispensadoras automáticas vending”.
Al respecto, en el oficio en comento se manifestó:
“(…) la inquietud surge respecto del oficio 036311 del 23 de diciembre de 2015, el cual concluye que no es necesaria la expedición de la factura por no contar con dispositivo de facturación en las máquinas y que se puede utilizar el documento sustitutivo previsto en el artículo 1° del Decreto número 1514 de 1998.
La doctrina en comento se dio con ocasión a una solicitud de aclaración del oficio 021723 del 24 de julio de 2015, mediante el cual se afirmó que las ventas realizadas a través de máquinas dispensadoras, independientemente del valor de las mismas, no tienen previsto un tratamiento exceptivo respecto de la obligación de facturar razón por la cual deben cumplir con el deber legal de expedir factura o documento equivalente.
Llama la atención la siguiente afirmación hecha en los antecedentes de la consulta: ‘Debo mencionar que, aunque las dispensadoras automáticas no traen en su equipo original el sistema para entregar factura, muchos desarrolladores y fabricantes en el mundo ofrecen esta implementación para cumplir con las normativas de sus países, pues estas máquinas no solamente se usan para la venta de alimentos o productos de menor valor, de forma masiva y ambulante. (…)’
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(2016-11-22) Consultar |
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Por medio de la cual se distribuyen funciones en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. | |
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La función de expedir las resoluciones mediante las cuales se indica la fecha a partir de la cual el obligado a facturar, que opte por expedir factura electrónica de manera voluntaria, debe empezar a facturar electrónicamente, puede ser ejecutada con responsabilidad y celeridad por la subdirección de gestión de fiscalización tributaria.
RESUELVE:
Artículo 1. Distribuir en la subdirección de gestión de fiscalización tributaria la función de expedir los actos administrativos mediante los cuales la DIAN habilita a las personas naturales o jurídicas que opten por expedir factura electrónica de manera voluntaria, estableciendo la fecha a partir de la cual deberán empezar a facturar electrónicamente.
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(2016-10-31) Consultar |
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Factura – Requisitos; Factura - Obligación. | |
Con el ánimo de despejar dudas se reitera que en lo relacionado con la facturación la norma dispone que se factura al adquirente o a quien paga el servicio, dicho pago, no puede confundirse con derechos de repetición o de cobro dentro de actuaciones permitidas por las normas legales, o los pagos que se hagan en favor de terceros, como las que se refieren en la consulta.
En otras palabras, si alguien realiza un pago, compra u obtiene un beneficio a cambio de un precio puede exigir factura a su nombre o pedir que le facturen a nombre de un tercero beneficiario, si efectivamente se trata de la realidad de la operación económica.
En todos los eventos de suministro de bienes o servicios, ya sea en forma directa o por intermedio de terceros existe la obligación de facturar y en los comprobantes de pago de los adquirentes debe discriminarse con precisión los valores que corresponde a los impuestos liquidados y facturados por parte de quien vende los bienes o presta los servicios gravados con el impuesto sobre las ventas si es el caso.
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(2016-10-14) Consultar |
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Factura – Obligación Factura – Requisitos. | |
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Las ventas realizadas a través de máquinas dispensadoras, independientemente del valor de las mismas, no tienen previsto un tratamiento exceptivo respecto de la obligación de facturar razón por la cual deben cumplir con el deber legal de expedir factura o documento equivalente.
Debo mencionar que, aunque las dispensadoras automáticas no traen en su equipo original el sistema para entregar factura, muchos desarrolladores y fabricantes en el mundo ofrecen esta implementación para cumplir con las normativas de sus países, pues estas máquinas no solamente se usan para la venta de alimentos o productos de menor valor, de forma masiva y ambulante.
Es posible implementar un mecanismo a fin de expedir factura en ciertos casos de ventas realizadas a través de máquinas vending, lo que permite precisar frente a este escenario que cuando se opte por expedir factura esta debe cumplir con todos los requisitos del artículo 615 del estatuto tributario y demás normas concordantes.
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(2016-09-26) Consultar |
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Por la cual se adoptan sistemas tecnicos de control de facturacion, se modifica el numeral 1 del articulo 11 de la Resolucion 0019 de 2016 y se establecen otras disposiciones. | |
En aras de facilitar las condiciones de asignación de numeración para las facturas expedidas en talonario por contingencia, es necesario adecuar las medidas adoptadas en la resolución No 0019 del 24 de febrero de 2016 por la cual se prescribe un sistema técnico de control para la factura electrónica, acorde con el decreto 2242 de 2015, en el sentido de omitir la asignación de prefijos específicos para identificar esta condición.
Resuelve:
Artículo 1. Sistema técnico de control de la actividad productora de renta. Con el fin de controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los obligados a expedir facturas o documento equivalente, adóptese el siguiente sistema técnico del control de la actividad productora de renta:
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(2016-07-22) Consultar |
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ARTÍCULO 1º: Delegar en el Subdirector de Gestión de Fiscalización Tributaria la función
de expedir los actos administrativos mediante los cuales la DIAN habilita a las personas
naturales o jurídicas que opten por expedir factura electrónica de manera voluntaria,
estableciendo la fecha a partir de la cual deberán empezar a facturar electrónicamente, tras
haber obtenido el visto bueno del cumplimiento de las condiciones establecidas por la
Entidad, de conformidad con el procedimiento señalado en la Resolución 0019 del 24 de
febrero de 2016.
ARTICULO 2º: Remitir copia de la presente resolución para lo de su competencia a las
Direcciones de Gestión de Fiscalización, Recursos y Administración Económica y de
Gestión Organizacional, y a las Subdirecciones de Gestión de Fiscalización Tributaria,
Procesos y Competencias Laborales, de Personal y a las Direcciones Seccionales.
ARTICULO 3°: La presente resolución rige a partir de su expedición
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(2016-07-15) Consultar |
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Procedimiento Tributario. Factura - Requisitos. Factura electronica - Habilitacion para expedirla. | |
El artículo 615 del E. T. establece que para efectos tributarios, todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, deberán expedir factura o documento equivalente, y conservar copia de la misma por cada una de las operaciones que realicen.
Consulta:
¿Cuantas facturas originales puede el operador logístico con la misma numeración cuando la factura es electrónica y como diferenciar las originales de las copias?
Tratándose de facturación electrónica esta deberá cumplir con las condiciones de expedición y numeración consecutiva, razón por la cual no se puede hablar de varias facturas originales (como lo pretende la consultante) ni de mecanismo para diferenciarlas.
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(2016-06-24) Consultar |
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Procedimiento Tributario. Factura - Requisitos. Factura electronica - Habilitacion para expedirla. | |
El artículo 615 del E. T. establece que para efectos tributarios, todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, deberán expedir factura o documento equivalente, y conservar copia de la misma por cada una de las operaciones que realicen.
Consulta:
¿Se pueden expedir facturas con el mismo número pero diferente fecha de expedición y misma fecha de prestación del servicio?
¿Son válidas dos facturas con el mismo número pero una es de cobro general y otra se presenta el discriminado, las dos por el mismo valor y con fechas de expedición diferentes?
¿Se puede expedir dos facturas con un mismo número y diferente valor?
¿Cuando existan diferencias de valores entre facturas y soportes entregados, sería suficiente ajustar la operación con notas contables? o ¿cuál sería el procedimiento a realizar?
Respecto a la posibilidad de expedir facturas pero con el mismo número y diferente fecha de expedición y misma fecha de prestación del servicio. En este punto la consultante no precisa si la pregunta se hace en el marco de la factura electrónica, no obstante el mismo requisito de la numeración consecutiva contenido en el art 617 E. T. aplica en este caso.
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(2016-06-24) Consultar |
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Para el comprador, segun la situacion de que se trate, el original de la factura o su copia constituye el soporte de costos y gastos. | |
Es claro que la administración tributaria, acepta que en aquellos casos en que la factura tenga la connotación de título valor, el vendedor puede conservar el original y entregar al comprador una copia de la misma. No obstante, si no tiene esta connotación, el vendedor deberá conservar la copia y entregar el correspondiente original al comprador.
Consulta:
Solicita usted, que según lo aquí expresado y teniendo en cuenta el artículo 3 del Decreto reglamentario 3327 de 2009, se confirme si debe entenderse que a la luz de la normatividad vigente, el emisor de la factura en su calidad de vendedor del bien o prestador de los servicios deberá conservar el original de la factura y el adquirente deberá aceptar la copia de la misma.
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(2016-05-27) Consultar |
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Procedimiento tributario. Factura por Computador. | |
En el artículo 10 de la resolución 3878, se advierte que la no adopción o el incumplimiento del sistema técnico de control conllevan a la aplicación de la sanción prevista en el artículo 684-2 del E. T.
Consulta:
En su escrito solicita que, en materia de factura por computador y ventas realizadas a traves de máquinas registradoras P. O. S. se aclare cuál es la normativa vigente a nivel de leyes, decretos y resoluciones.
Igualmente, hace referencia a los controles establecidos en la resolución 3878 de 1996 y el contenido de los comprobantes de informe diario en materia de ventas realizadas por máquinas registradoras P. O. S. y facturación por computador.
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(2016-05-13) Consultar |
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¿En las ventas a traves de maquinas dispensadoras y ventas de baja denominacion, existe norma que la exime de la obligacion de expedir factura o documento equivalente? | |
El artículo 615 del Estatuto Tributario establece la obligación de expedir factura o documento equivalente; a su vez, el artículo 616-2 ibídem señala los casos en los cuales no se requiere su expedición, sin perjuicio de los que señale el Gobierno nacional.
Si tratándose de las ventas a través de máquinas dispensadoras (vending), tendría aplicación el documento sustitutivo previsto en el artículo 1° del Decreto 1514 de 1998.
Plantea usted que:
- – Actualmente no existen máquinas que ofrezcan en el mercado la posibilidad de facturar.
- – Para una empresa con 10 mil máquinas así existiera, sería imposible la solicitud y el control de resoluciones de facturación.
- – El artículo 1° del Decreto 1514 de 1998 establece el documento sustitutivo, razón por la cual solicita su evaluación con el fin de establecer si podría ser utilizado para soportar este tipo de ventas.
Se concluye, que tratándose de sujetos obligados a facturar que realicen ventas a través de máquinas expendedoras (vending) y bajo los supuestos analizados, por corresponder en la práctica a ventas masivas y ambulantes, es factible admitir como soporte de las ventas efectuadas el documento sustitutivo previsto en el artículo 1° del Decreto 1514 de 1998.
En todo caso los registros, movimientos y soportes de salida, cargue y descargue de los inventarios de los productos que se reemplazan en dichas máquinas, y que se efectúan desde la sede principal del negocio o empresa, que utiliza este medio o vehículo comercial para la venta o comercialización masiva de los mismos, deberán probarse con los documentos internos y/o externos a que haya lugar, cuando la autoridad tributaria así lo requiera.
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(2016-02-18) Consultar |
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Registro Unico Tributario - lnscripción Factura - Expedicion. | |
Mediante el radicado de la referencia señala que el Fondo de Bienestar Social de la Contraloría
General de la República contrató con una sociedad domiciliada en España la prestación de
servicios profesionales en el rediseño de los procesos y procedimientos, la interpretación de
los mismos con las respectivas entradas y salidas de información en coherencia con el enfoque
sistemático del ciclo PHVA dentro del Sistema de Gestión de Calidad, los cuales fueron
ejecutados en el territorio nacional por un lapso de 3 meses.
Con base en ello formula la
siguiente pregunta:
¿Está obligada la mencionada sociedad extranjera a inscribirse en el RUT y expedir factura con
los requisitos señalados en el Estatuto Tributario?
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(2015-10-16) Consultar |
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Consulta:
Plantea usted lo siguiente:
– El artículo 76 de la Ley 488 de 1998 creó la obligación a todo consumidor o comprador de exigir factura, norma declarada exequible por la Corte Constitucional.
– El Decreto número 4910 de 2011, estableció que el obligado a facturar no puede expedir ningún documento diferente antes de facturar, prohibiendo cualquier otro documento como prefacturas, cuentas de cobro, etc.
– El artículo 774 del Código de Comercio establece el derecho a exigir al vendedor una factura que corresponda al negocio causal.
– El artículo 617 del Estatuto Tributario señala que la expedición de la factura consiste en entregar el original de la misma con el lleno de requisitos allí señalados.
– El artículo 2° del Decreto número 1001 de 1997, señala expresamente los sujetos no obligados a facturar:
A partir de lo anterior, solicita se informe la obligación que tienen las empresas de expedir factura en las ventas que realizan en máquinas vending y dispensadoras automáticas, así como si por tratarse de ventas de baja nominación hay alguna legislación que permita vender sin expedir factura y, en caso afirmativo los valores que no requieren la expedición de factura.
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(2015-09-24) Consultar |
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Software aplicativos de facturación deben estar autorizados por la DIAN mediante Resolución. | |
Indica usted que solicitó información acerca de qué autorizaciones por parte de la DIAN debía tener un fabricante de software de facturación tipo P.O.S para realizar su comercialización. Así mismo manifiesta, que de acuerdo con el concepto que recibió a vuelta de correo, debe estar, autorizado mediante resolución de la DIAN, en virtud de lo cual requiere saber si esa normatividad está vigente y, en caso afirmativo, cuál es el procedimiento a seguir para solicitar la resolución de autorización para comerciar el software.
Se observa en primer lugar, que el Concepto 051930 de 1998, remitido para su información, en el problema jurídico No. 1, sobre el cual se llamó su atención, para efectos de la pregunta formulada, plantea como problema jurídico, si: "Los usuarios de máquinas registradoras que utilizan el sistema de punto de venta P. O. S, deben pedir autorización de rango de numeración de los tiquetes expedidos?"
No obstante, ser ese el problema jurídico objeto de análisis, en el inciso final de la respuesta al mismo, se indica lo siguiente:
- "Sin embargo de conformidad con la Resolución No. 3316 de 1997, artículo 3, a partir del 1 de agosto de 1998, quienes facturen con el sistema P.O.S deben hacerlo a través del software aplicativo de facturación autorizado por la DIAN mediante Resolución."
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(2015-06-19) Consultar |
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Sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales, los
asientos respectivos deben hacerse en los libros a más tardar en el mes siguiente a
aquél en el cual las operaciones se hubieren realizado.
Problema jurídico
¿Una sociedad obligada a facturar y que presta servicios gravados con IVA en el rnes de junio
debe efectuar los registros contables de la operación al momento de su realización o puede
formalizarlos en el mes de julio siguíente, toda vez que se ha convenido con el beneficiario del
servicio la expedición de la factura en éste último?
Tesis jurídica
Siempre que se esté en presencia de servicios homogéneos, los asientos contables así como
la factura que los resurna podrán efectuarse máximo dentro del mes siguiente en el cual fueron
prestados.
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(2015-01-09) Consultar |
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Por la cual se adoptan sistemas técnicos de control de facturación. | |
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Los no obligados a expedir facturas o documentos equivalentes, si
optan por expedirlos, deberán cumplir con lo establecido en la presente resolución.
Se hace necesario adecuar los sistemas técnicos de control que permitan
determinar los ingresos, costos y gastos de los contribuyentes en relación con su
actividad productora de renta y la determinación de sus obligaciones tributarias,
tomando como base las operaciones realizadas en un periodo determinado, conforme
las nuevas disposiciones legales y los avances tecnológicos en materia informática y de
control.
La U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá solicitar a los
obligados a expedir factura o documento equivalente información sobre la
numeración utilizada y el valor de los ingresos imputables a la misma, así como de
los comprobantes de las máquinas registradoras con el objeto de controlar los
ingresos, costos y gastos de la actividad productora de renta, para la correcta
tasación del tributo.
La resolución de autorización de numeración de facturación tendrá una vigencia máxima
de dos (2) años a partir de su notificación.
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(2014-11-10) Consultar |
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