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  • 1 de Julio al 30 de Septiembre de 2010

  • Tasa de usura 22.41 %

    "tasas de usura" con la cual se liquidarían los intereses moratorios de los impuestos nacionales y territoriales. El interés moratorio tributario se liquidará por cada día calendario de retardo

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    Autor:
    Fernando Cortes Martínez

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    Ver normas por año: | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | 2008 | 2009 | 2010

    Cómo se acredita la calidad de accionista, frente a la Asamblea General Ordinaria?
    Me refiero a su consulta radicada el 26 de febrero del año en curso con el número 2010-01-030564, mediante la cual manifiesta que la Fiscalía 216 Seccional de Bogotá ordenó la incautación de algunos libros de “registro de gravamen de acciones” de 1987, 1993 y 2000, que constan de más de 1.500 folios en total, que ya fue convocada la Asamblea General Ordinaria del presente año y en la convocatoria se indicó que los accionistas deben presentar los títulos accionarios “para poder participar en la misma” previendo que la Fiscalía no responda favorablemente una petición del 23 de febrero de 2010 en el sentido que les sean devueltos definitiva o temporalmente los mencionados libros, con el fin de poder registrar el traspaso de acciones que han sido enajenadas y así celebrar la reunión, y pregunta si se podrá realizar la Asamblea General Ordinaria en el evento que el citado Organismo no devuelva los libros; si la verificación del quórum mediante la presentación de los títulos es válida o qué implicaciones tendría para los accionistas que no hubieren podido efectuar registrar la cesión de acciones, y si en el evento de no ser válida podrían efectuarse nombramientos de administradores y revisor fiscal.
      (2010-06-11) [Mas Información]
    Aporte de industria en las SAS.
    Consulta :
    Es procedente realizar aportes de industria, tratándose de las sociedades por acciones simplificadas reguladas en el la Ley 1258 de 2008.

    Así las cosas es dable concluir que el legislador permitió la posibilidad de crear varias clases y series de acciones, como se aprecia en la disposición invocada, donde se contemplan además de las acciones reguladas para las sociedades anónimas convencionales, el aporte de servicios o trabajo, al que le corresponderían las mencionadas acciones de pago, concebidas como instrumentos idóneos para retribuir el trabajo de los ejecutivos y empleados de la empresa en las condiciones señaladas, lo que desde luego no obsta para adoptar la modalidad del aporte de industria que la legislación mercantil consagra para los tipos societarios convencionales, en cuyo caso se repite, se deberán seguir las reglas que al efecto establecen los artículos 137 y siguientes del Código de Comercio.
      (2010-06-11) [Mas Información]
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    Por el cual se modifica parcialmente la estructura de la Junta Central de Contadores y se dictan otras disposiciones.
    Decreto No 1955
    31-05-2010
    Por el cual se modifica parcialmente la estructura de la Junta Central de Contadores y se dictan otras disposiciones.
    Decreto No 1955
      (2010-06-02) [Mas Información]
    CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
    Se desvirtúa cuando se demuestra la subordinación y dependencia.
    El contrato de prestación de servicios puede ser desvirtuado cuando se demuestra la subordinación o dependencia respecto del empleador, evento en el cual surgirá el derecho al pago de prestaciones sociales en favor del contratista, en aplicación del principio de prevalencia de la realidad sobre las formas en las relaciones de trabajo.

    LIQUIDACIÓN BILATERAL DEL CONTRATO
    Obliga a quienes la suscriben a respetar su contenido.
    . El Consejo de Estado sen'aló que la liquidación bilateral del contrato es un verdadero negocio jurídico por medio del cual las partes definen las cuentas del contrato y se obligan a lo estipulado en él documento que la contiene, reiterando en especial, la doctrina de los actos propios.
      (2009-05-20) [Mas Información]
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    consulta:
    “Conforme lo establece el artículo 186 del código de comercio, las reuniones de las asambleas deben realizarse en el domicilio social so pena de ser ineficaces. En este orden de ideas, una sociedad que tiene como domicilio principal la ciudad de Neiva, no puede realizar la asamblea en la ciudad de Bogotá pese a que todos los accionistas viven en esta ciudad?

    Una sociedad tiene un valor nominal de 10.016 pesos m/cte y quiere pasar el valor nominal a 10.000 que debe hacer y cómo?
    En, tratándose de acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto el artículo 6 de la ley 222 de 1995 establece que dará a su titular el derecho a percibir un dividendo mínimo fijado en el reglamento de suscripción. En este orden de ideas, el legal que el reglamento de suscripción se establezca como dividendo mínimo una tasa d1terminada sobre el valor nominal de las acciones del accionista que tenga esta 9alidad? Es decir, es posible que una persona que invierte 500 millones de pesos correspondientes a 5.000 acciones con valor nominal de 10.000 reciba como dividendo mínimo únicamente fa suma correspondiente a 3% sobre el valor nominal de la acción? O sobre cualquier otro referente, es decir, sobre una tasa del DTF +8?
    En el mismo sentido, una de las posibilidades adicionales al dividendo mínimo es otorgar un dividendo acumulativo? Esto como se debe interpretar?
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      (2008-06-18) [Mas Información]
    Los derechos garantizados mediante contratos fiduciarios no están eximidos de ser presentados en un trámite concursal. Por el contrario, sus titulares deben hacerse parte del mismo, precisó la Superintendencia de Sociedades. Según la entidad, los certificados de garantía fiduciaria no pueden tenerse como fuentes de pago privilegiado para sus titulares, por encima de los intereses de los demás acreedores.
    cuentale a un amigo
      (2008-02-26) [Mas Información]
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    Consulta:

    Me refiero a su escrito remitido vía correo electrónico y radicado en esta Superintendencia con el número 2006-01-182667, mediante el cual elevó consulta en la que plantea lo siguiente:

    “ 1. como se cambia el representante legal de una sociedad anonima?

    2. Quien lo escoje?

    3. Ante quien se hace el procedimiento?

    4. Cuales son los pasos que se deben seguir? “ (…)

      (2007-01-24) [Mas Información]
    Consulta:

    Solicita que se le informe si una sociedad colombiana se puede escindir en una sociedad igualmente colombiana y otra extranjera y que requisitos debe llenar para realizar la mencionada escisión.

      (2007-01-24) [Mas Información]
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    Consulta :

    “Una Sociedad Limitada colombiana, sometida a su Vigilancia por la causal de Volumen de Ventas, desea transformarme en Sociedad Anónima.

    Preguntamos:

    1. ¿Es necesario que su Despacho apruebe previamente el Acta de Transformación?

    2. ¿Basta con que enviemos a posteriori de la transformación a ese Despacho, copia de la Escritura que contiene la reforma estatutaria y original del respectivo Certificado de la Cámara de Comercio actualizado? ”

      (2007-01-24) [Mas Información]
    Instrucción :

    Para efectos de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 7° del Decreto 4698 de 2005, respecto de los bienes que se indican a continuación de manera enunciativa, las Cámaras de Comercio deberán indicar expresamente, en los actos de adquisición y en el registro correspondiente, si fueron adquiridos con recursos de origen público:   (2006-11-09) [Mas Información]
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    Consulta:

    Así, los interrogantes formulados se contraen a dos aspectos, a saber: · Es posible que las acciones que faltan por suscribir se ofrezcan a un valor superior al nominal? -En tal caso, el valor de las acciones que se encuentran suscritas y pagadas también aumenta? · Qué debe hacer la sociedad para efectuar una reforma estatutaria consistente en el aumento del capital autorizado, suscrito y pagado.  (2006-09-22) [Mas Información]
    Consulta:

    a) “Se servirán explicar cual es el significado de las expresiones: PERDIDAS OPERATIVAS y PERDIDAS OPERATIVAS NO IMPUTABLES A LA GESTIÓN DEL OPERADOR, además a que estado financiero corresponden dichos términos.” (Resaltado no incluido en el texto original)

    b) “Solicito se sirvan brindar un concepto técnico sobre cual de los dos sistemas debe ser el sistema de contabilización válido para determinar las pérdidas operativas no imputables a la gestión del operador a. Sistema de Causación, o b. Sistema de Flujo de Caja”

    c) “Igualmente solicito se sirvan brindar un concepto técnico que permita conocer que sistema contable permite evaluar la gestión de un operador privado” (Resaltado no incluido en el texto original)

    d) “Finalmente solicito se sirvan brindar un concepto técnico que permita encontrar el alcance contable de la siguiente cláusula, de acuerdo a (sic) las normas generalmente aceptadas en Colombia sobre la contabilidad:

    ‘En caso de que se presenten pérdidas operativas no imputables a la gestión del operador ACUANTIOQUIA las enjugará durante los diez primeros días del período siguiente y en todo caso ACUANTIOQUIA E.S.P. tramitará las modificaciones tarifarias o los subsidios oficiales que permitan enjugarla o permitirá que el operador tramite los reajustes tarifarios. De no ser esto posible dentro de los tres (3) meses siguientes al establecimiento del déficit se suspenderá el contrato, si así lo solicita el operador, por el término necesario para lograr el equilibrio financiero del sistema Si la suspensión del contrato dura más de tres meses el OPERADOR podrá provocar la terminación del contrato, dándole aviso por escrito a ACUANTIOQUIA E.S.P., sin perjuicio de la obligación de ACUANTIOQUIA E.S.P., de resarcir al OPERADOR el déficit y las deudas a su cargo dentro de los tres meses siguientes a la terminación del contrato, con los intereses de rigor’.

    Se servirán establecer si para la determinación de las pérdidas operativas no imputables a la gestión del operador se tiene que utilizar el sistema de causación o el sistema de flujo de caja.” (Resaltados no incluidos en el texto original)   (2006-09-21) [Mas Información]
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    En desarrollo de lo previsto en el Artículo 23 de la Resolución 002 de 2005 expedida por el Consejo Técnico de Contaduría Pública y cumplido el trámite previsto en esta disposición, respondemos su consulta de la referencia, en la cual se plantea:

    a) “¿Son perfectamente validos los estados financieros elaborados con base en los registros de los libros de contabilidad, o es necesario que, además de los libros, el contador se adentre en los soportes contables?”

    b) “¿Qué consecuencia jurídica o contable acarrea el hecho que el monto de las utilidades de una sociedad reflejadas en sus estados financieros de determinado período contable no sean idénticas al valor de las mismas utilidades que tal sociedad presentó en las declaraciones de renta y patrimonio correspondientes al mismo período?”

    c) “Para efectos de precisar las utilidades de una sociedad, y/o para efectos de realizar una valoración de la misma ¿es menester analizar todos los documentos que integran su contabilidad, o los reflejados en los estados financieros es suficiente soporte para el efecto?”   (2006-09-20) [Mas Información]
    Manejo contable de donaciones recibidas

    para efectos de la contabilización de las donaciones, estas son contabilizadas dependiendo del efecto que se obtenga en el ente económico, es decir, si aumentan el patrimonio del mismo o si ayudan a sufragar los gastos.

    Al respecto, este Organismo mediante concepto 53 del 6 de junio de 1996, cuyo texto se encuentra incluido en el libro “Doctrinas sobre contaduría pública”, resolvió una consulta que le fue formulada sobre el particular en los siguientes términos:

    “...LAS DONACIONES QUE RECIBA UN ENTE ECONÓMICO SE REGISTRAN DENTRO DEL PATRIMONIO COMO SUPERÁVIT DE CAPITAL, CUANDO SE RECIBAN BIENES DE USO PARA LA ENTIDAD O APORTES CON DESTINO DIFERENTE AL CAPITAL DE TRABAJO. PERO, SI UNA ENTIDAD RECIBE DONACIONES EN DINERO O EN ESPECIE PARA DESARROLLAR SU OBJETO SOCIAL COMO SERÍA EL DE LA UTILIZACIÓN DE ESTOS BIENES O LA INCORPORACIÓN DE LOS MISMOS EN EL CICLO DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LA ENTIDAD, ESTAS DONACIONES SE CONTABILIZAN COMO INGRESO Y A SU VEZ, LA DISTRIBUCIÓN DE LOS MISMOS SE REGISTRA COMO GASTOS” (EL SUBRAYADO NO ES DEL TEXTO).  (2006-09-05) [Mas Información]
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    Consulta:

    Me refiero a su comunicación radicada con el número 2006-01-121623, mediante la cual manifiesta que el capital asignado de una sucursal ingresó al país y fue debidamente registrado; con dicho capital se realizó un primer pago para la compra de un terreno en la Zona Franca de Bogotá y para el pago de las demás cuotas ingresó dinero como inversión suplementaria, la sociedad terminó de pagar el terreno, la Zona Franca no lo escrituró y hubo una diferencia de criterios en la cantidad de metros que se habían comprado y que iban a escriturarse, con el fin de no tener problemas la sociedad llegó a un acuerdo para que la Zona Franca le devolviera el dinero entregado. Al respecto consulta lo siguiente:

    Cual es el procedimiento para poder sacar el dinero del país y devolverlo a la Matriz.
    Cual sería el procedimiento para cerrar la sucursal en Colombia, ya que debido a estos problemas el proyecto que tenía la matriz no fue posible realizarlo y ya no están interesados en tener una empresa en Colombia.   (2006-09-04) [Mas Información]
    Consulta:

    Me refiero a su escrito radicado con el número 2006-01-114554, mediante el cual consulta sí en una entidad sin animo de lucro, debidamente registrada en Cámara de Comercio, le es aplicable la disposición contenida en el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, sobre el envío de delegado a reuniones no presenciales. En caso afirmativo a que Entidad le corresponde enviarlo (Supersociedades o Cámara de Comercio).  (2006-09-04) [Mas Información]
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    Consulta:

    antecedentes y preguntas (textuales):
    con el fin de tener claridad sobre algunos conceptos técnicos relacionados con el manejo contable de los costos en las empresas de servicios, respetuosamente solicito su orientación sobre lo siguiente:

    1. una compañía de servicios que tiene como objeto social garantizar el pago de cheques previamente autorizados de sus afiliados, bajo unas políticas definidas, genera unos costos directamente relacionados con la operación. dicho costo podría constituirse en dos momentos así:

    • cuando un cheque es cobrado a la empresa de servicios, ante la imposibilidad de cobro del afiliado y por reclamación de la garantía otorgada.
    • cuando luego de pagado por concepto de garantía y gestionado su cobro ante el girador, jurídicamente no se obtiene la restitución del recurso económico.

    2. la compañía no esta vigilada por la superintendencia bancaria.
    3. contablemente se ha considerado que en el momento de recibir la reclamación del cheque, por parte del afiliado y desembolsado el dinero correspondiente, la empresa ha generado un costo pagado por anticipado, cuenta puc 17.
    4. una vez adelantados los trámites jurídicos para la recuperación del cheque existe la posibilidad que el girador reintegre el dinero; en este caso se reversa el registro contable del costo pagado por anticipado. así mismo cuando agota la vía jurídica el valor no es recuperado, se disminuye el costo pagado por anticipado y reconoce un costo en el estado de resultados.
    5. efectuando un análisis detallado de la estructura del plan de cuentas, podemos observar que la cuenta que más se ajusta a la operación para reconocer el costo de las reclamaciones no recuperadas seria:

    6 costos
    61 costo de ventas y prestación de servicios
    6150 actividades financieras
    615015 costo de cheques garantizados

    Considerando lo anteriormente expuesto, agradecemos su análisis e interpretación del tema mencionado, con el fin de garantizar un adecuado registro contable.  (2006-08-30) [Mas Información]
    Consulta:

    Damos respuesta a su comunicación radicada en esta Entidad bajo el número de la referencia, en la que consulta si debe inscribir en el registro mercantil que llevan las cámaras de comercio, los “puntos de atención” de una compañía de medicina prepagada.

    Sobre el particular, le manifestamos que no es posible para esta Oficina determinar, en un caso particular, si se debe realizar o no una inscripción en el registro mercantil. No obstante, a continuación le suministramos algunos elementos de juicio en relación con la materia de su consulta, que le serán de utilidad para analizar situación planteada como sigue:  (2006-08-30) [Mas Información]
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    Consulta:

    Cita el oficio 220-069768 del pasado 6 de diciembre, contentivo del concepto emitido por este Despacho sobre el tema de la referencia y en torno al mismo consulta si la obligatoriedad de conservar los documentos por el término de diez años que establece la indicada ley, hace referencia a los documentos objeto de archivo que se generen a partir de la expedición de la misma o, si se refiere a la totalidad de los documentos, incluidos los de antigüedad superior a diez años.   (2006-08-02) [Mas Información]
    Consulta>

    Aviso recibo de su escrito radicado con el número 2006-01-102748, mediante el cual consulta sí ¿Puede una sociedad, en estado de liquidación en un mismo acto escindir parte de su patrimonio para crear una sociedad con iguales socios y a su vez liquidarse totalmente extinguiendo la sociedad?.   (2006-08-02) [Mas Información]
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    Consulta:

    Me refiero a su escrito radicado con el número en referencia a través del cual formula la siguiente consulta: “Que efectos legales tiene una empresa cuando es Ltda. y pasa a ser S. A.?”

    Sobre el particular, es oportuno traer a colación el artículo 167 del Código de Comercio que en su inciso segundo trae la respuesta a su inquietud al consagrar: “La transformación no producirá solución de continuidad en la existencia de la sociedad como persona jurídica, ni en sus actividades ni en su patrimonio”.   (2006-07-31) [Mas Información]
    Consulta:

    Aviso recibo de su escrito radicado con el número 2006- 01- 087403, mediante el cual pone de presente que la sociedad en tramite de liquidación, carece de patrimonio, la perdida supera los 200 millones de pesos, pero anota que los socios están cumpliendo con dineros propios un acuerdo de pago con la DIAN, no existen deudas laborales, aunque existen pasivos parafiscales con dos fondos de pensiones, por lo que pregunta “Si a pesar de existir esta obligación pendiente con los fondos de pensiones, el suscrito en calidad de liquidador puede realizar el acta final de la liquidación, demostrando contablemente la imposibilidad de cancelar dichos valores?”, es decir, si el hecho de no cancelar esas obligaciones con dinero de la sociedad impide dar por terminado el proceso de liquidación. Finalmente solicita se amplíe un poco el concepto sobre la Responsabilidad de los Socios frente a las Obligaciones Parafiscales.   (2006-07-28) [Mas Información]
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    Consulta:

    Aviso recibo de sus escritos radicados con los números 2006-01-093538 y 2006-01-107735, éste último remitido por la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante los cuales, previa consideración de que se trata de una sociedad colombiana, cuyos dos únicos socios son sociedades extranjeras, manifiesta que en una de ellas se llevó a cabo un proceso de fusión por absorción en el exterior, quedando la participación que poseía en la sociedad colombiana en cabeza de la sociedad absorbente, también sociedad extranjera, por lo que pregunta la manera como debe formalizarse el cambio de la propiedad de la participación, es decir, sí los documentos donde consta la operación deben ser protocolizados mediante escritura pública o, por el contrario, inscritos en el registro mercantil de la Cámara de Comercio para efectos de su validez en Colombia.   (2006-07-28) [Mas Información]
    Consulta relacionada con el procedimiento que se habría de adelantar para subsanar la omisión de la firma del Presidente en un acta correspondiente a una reunión de asamblea general de accionistas, cuando resulta imposible que la persona que actuó como tal, la suscriba.   (2006-05-11) [Mas Información]
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    Consulta sobre la viabilidad para cambiar el objeto social de una compañía, por el de “...administración de un bloque de restaurantes y en general por actividades gastronómicas, culinarias y alimenticias”.   (2006-05-11) [Mas Información]
    Me refiero a su escrito radicado con el número en referencia a través del cual solicita concepto de esta entidad en torno a una solicitud de certificación de la siguiente costumbre mercantil: “El pago de la contribución de las sociedades sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades constituye una práctica comercial común, uniforme, necesaria y reiterada”   (2006-03-31) [Mas Información]
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    Consulta en relación con la toma de decisiones en una sociedad de responsabilidad limitada conformada por dos socios, en la que uno de ellos no se encuentra en el país y no quiere participar de la junta de socios, consulta con fundamento en la Ley 222 de 1995, cuál es el procedimiento a seguir para autorizar contratos al representante legal, venta de bienes inmuebles, entrega de garantías etc?  (2006-01-26) [Mas Información]
    Pregunta si el socio de una compañía debe asistir obligatoriamente a una reunión extraordinaria convocada por él o puede ser representado por otra persona, y si en caso que deba asistir y éste no lo haga y se haga representar, existe alguna sanción.   (2006-01-18) [Mas Información]
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    Pregunta sí es posible que una sociedad en liquidación voluntaria “...pueda obtener un crédito financiero garantizándolo con un activo (inmueble) para obtener liquidez”. De ser posible, cómo se trataría ese crédito dentro del proceso liquidatorio.   (2006-01-18) [Mas Información]
    Salvo el derecho de preferencia estipulado en los términos y bajo las condiciones que consagra la legislación mercantil, no es posible limitar la libre negociación de las acciones.   (2006-01-18) [Mas Información]
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    Se advierte que la incorporación de una sucursal de sociedad extranjera al país, debe cumplirse siempre que se den los presupuestos previstos en el artículo 471 del Código de comercio, norma que señala como condición el hecho que la sociedad extranjera pretenda emprender negocios permanentes en Colombia.   (2006-01-12) [Mas Información]
    Por tanto, el ingreso independientemente que le corresponda al propietario del vehículo por la prestación de servicios de transporte que administra la Empresa o que lo presta directamente, debe reconocerse en la contabilidad de la empresa transportadora como una cuenta por cobrar de terceros con abono a la respectiva cuenta pasiva de ingresos recibidos para terceros o a ingresos si son propios de la misma, utilizando las subcuentas y auxiliares respectivas. Lo anterior con el fin de diferenciar la cartera a favor del ente económico producto de la explotación del objeto social, con la que surja de las operaciones o contratos en desarrollo del mismo.   (2005-12-14) [Mas Información]
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    Se le manifiesta que si bien es viable la capitalización de la cuenta “prima por colocación”, previa decisión adoptada por la junta de socios, conforme a las prescripciones legales y estatutarias para el efecto, la operación simplemente implica que la cuenta de capital social se incrementará en el monto capitalizado, es decir, sí el aporte inicial es de $10 millones, al capitalizar la prima por valor de $100 millones, el nuevo monto de capital será de $110 millones, transferencia que además de afectar la cuenta de capital social, por el referido monto debita la cuenta “prima por colocación”.   (2005-12-06) [Mas Información]
    Entrando en materia, el artículo 185 del Código de Comercio es del siguiente tenor: “Salvo los casos de representación legal, los administradores y empleados de la sociedad no podrán representar en las reuniones de la asamblea o junta de socios acciones distintas de las propias, mientras estén en ejercicio de sus cargos, ni sustituir los poderes que se les confieren. Tampoco podrán votar los balances y cuentas de fin de ejercicio ni las de la liquidación   (2005-12-05) [Mas Información]
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    La información o documentos que solicite o se entregue a un miembro de la junta directiva debe ser únicamente en el ejercicio de sus funciones y como producto de una decisión de dicho órgano que debe estar ligada a la realización de los fines de la empresa; en consecuencia la responsabilidad de los administradores y del revisor fiscal se verá comprometida en la medida en que sus actuaciones no se ajusten a los parámetros legales y estatutarios que rigen la materia, artículos 22 y siguientes de la ley 222 de 1995, en armonía con el artículo 207 del Código de Comercio.   (2005-12-05) [Mas Información]
    El precepto consagrado en el artículo 250 del Código citado, “se extiende únicamente a las sociedades constituidas en el país en proceso de liquidación…no así a las sociedades extranjeras, con capacidad restringida al ejercicio del objeto social consignado en la resolución de incorporación, cuyo proceso liquidatorio debe culminar con la extinción de los negocios en el país, sin que por esta vía puedan incorporar una nueva sucursal…” conclusión que tiene fundamento en las consideraciones expuesta en el oficio Oficio 220-050636 de septiembre 30 de 2004   (2005-11-30) [Mas Información]
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    Sobre el particular es de anotar que la causal de disolución por pérdidas está consagrada en los artículos 457, numeral segundo y 370 del Código de comercio, para las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada respectivamente y se presenta cuando ocurren pérdidas que disminuyen el patrimonio por debajo del 50% del capital suscrito o los aportes sociales, en su orden.   (2005-11-30) [Mas Información]
    Resultan vigiladas algunas compañías, entre algunas de las cuales tenemos, las empresas multinacionales andinas, las sociedades prestadoras de servicios técnicos o administrativos a las instituciones financieras, los fondos ganaderos que no se organicen en los términos del Decreto 663 de 1993 y no cumplan determinados requisitos, las sociedades administradoras de consorcios comerciales, las bolsas de productos agropecuarios y las sucursales de sociedades extranjeras. constituye causal de vigilancia el hecho de registrar ingresos o activos superiores a 20.000 salarios mínimos incluidos los ajustes por inflación, éste valor, deberá establecerse con fundamento en el salario mínimo mensual vigente al 1° de enero siguiente a la fecha de corte y en el caso de estados financieros de períodos intermedios con el valor vigente a la fecha en que correspondan los mismos.   (2005-11-30) [Mas Información]
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    Los socios pueden inspeccionar los libros y papeles de la sociedad, en cualquier tiempo, directamente o por medio de su representante, sostuvo la Superintendencia de Sociedades, el pasado 18 de octubre. La entidad aclaró que si el socio ve cercenado este derecho, puede presentar queja ante la superintendencia, para que esta adopte los correctivos correspondientes.   (2005-11-25) [Mas Información]
    Según doctrina reiterada de esta Entidad, el derecho de retiro es el mecanismo o instrumento jurídico mediante el cual puede el socio separarse de la sociedad en unos precisos eventos, perdiendo su condición de tal y adquiriendo el derecho cierto a obtener el reembolso de los aportes efectuados al fondo social. Teniendo en cuenta el principio de permanencia del capital social sustentado en diversas disposiciones legales que tienden por la integridad del mismo, así como la circunstancia de ser el capital, parte de la prenda general de los acreedores del ente societario, que conlleva como regla general a que el reembolso de los aportes, sólo tenga lugar dentro de la liquidación, luego de haber atendido el pasivo externo a cargo de la sociedad, es evidente el carácter excepcional del derecho de retiro, lo que permite afirmar que su procedencia está restringida a los supuestos expresamente consagrados en la ley.  (2005-11-25) [Mas Información]
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    Para que la cámara de comercio deba abstenerse de matricular un comerciante, o establecimiento de comercio con el nombre de otro ya inscrito, éste debe ser idéntico, es decir igual a otro ya matriculado, de modo que si el nombre que se presenta difiriere en algún aspecto del que ya se encuentre matriculado, la cámara debe proceder a matricularlo.   (2005-11-23) [Mas Información]
    La noción de sociedad supone la unión de dos o más personas que convienen en efectuar un aporte a fin de repartirse la utilidad que puede resultar del desarrollo de alguna actividad de producción, transformación, administración o custodia de bienes o la prestación de servicios, la cual constituida legalmente forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados1, implicando desde su nacimiento no solo atribuciones particulares en sus relaciones jurídico económicas, sino del mismo modo concediéndoles derechos y obligaciones.   (2005-11-21) [Mas Información]
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    Cuando un prestador de servicios de salud tenga sedes en distintas ciudades correspondientes a otros departamentos y en el entendido que la habilitación es de carácter departamental, deberá habilitar cada una de las sedes prestadoras de servicios de salud ante la Dirección Departamental de Salud del departamento correspondiente a la ciudad de domicilio de dicha sede.   (2005-11-16) [Mas Información]
    En el evento previsto en el artículo 186 del Código de Comercio que regula de manera general el funcionamiento del máximo órgano social de las sociedades, esto es, de la asamblea o junta de socios, preceptiva en la cual incluye de manera expresa el deber de celebrar dichas reuniones en el domicilio de la sociedad  (2005-11-16) [Mas Información]
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    El escrutinio se comenzará por la lista que hubiere obtenido mayor número de votos y así en orden descendente. de cada lista se declararán elegidos tantos nombres cuántas veces quepa el cuociente en el número de votos emitidos por la misma, y si quedaren puestos por proveer, estos corresponderán a los residuos más altos, escrutándolos en el mismo orden descendente. en caso de empate de los residuos decidirá la suerte.   (2005-11-09) [Mas Información]
    La revalorización del patrimonio en los términos del artículo 90 del decreto 2649 de 1.993, refleja el efecto o impacto que sobre el patrimonio origina la pérdida del poder adquisitivo de la moneda, la cual arroja un saldo, que cuando es positivo, sólo puede distribuirse como utilidad cuando el ente empresarial se liquida, o se capitalice su valor, de conformidad con las normas legales, de donde es claro que no es posible una destinación diferente como sería su distribución a los socios como una utilidad en plena vigencia de la compañía.   (2005-11-03) [Mas Información]
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    Una sociedad antes de su disolución puede adoptar uno cualquiera de los tipos sociales por él regulados a través de una reforma del contrato social, y la transformación no producirá solución de continuidad en la existencia de la sociedad como persona jurídica, ni en sus actividades ni en su patrimonio.   (2005-11-01) [Mas Información]
    El Método de Participación Patrimonial, de acuerdo con la Circular Conjunta 09 y 013 de diciembre 19 de 1996, expedida por las Superintendencias de Sociedades y Valores, es definido como el procedimiento contable por el cual una persona jurídica o sucursal de sociedad extranjera registra su inversión ordinaria en otra, que se constituirá en su subordinada o controlada, inicialmente al costo ajustado por inflación, para posteriormente aumentar o disminuir su valor de acuerdo con los cambios en el patrimonio de la subordinada subsecuentes a su adquisición, en lo que le corresponda según su porcentaje de participación.  (2005-10-19) [Mas Información]
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    La contabilidad se superpone a la construcción jurídica; no es su corolario. Aunque se apoya en ciertos datos jurídicos, obedece a prescripciones cuya justificación no puede facilitarla el derecho. Además, en la mayor parte de los casos, la contabilidad no tiene como objetivo el patrimonio (en la acepción jurídica del término), sino la fragmentación del patrimonio.  (2005-10-18) [Mas Información]
    La vinculación del mismo, cualquiera que sea la modalidad, no puede desconocer el período consagrado en el contrato social, ni la revocatoria que por mandato legal corresponde a la asamblea o junta de socios.   (2005-10-14) [Mas Información]
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    Solicito a ustedes que me aclaren si la sociedad a la cual represento esta obligada a nombrar revisor fiscal segun el texto del ART. 203 del Codigo del Comercio, y ART. 13 LEY 43/90 donde se hace referencia al monto minimo que se debe tener para cumplir diha obligacion en las sociedades que por estatutos y la ley no las obliga, pues de acuerdo a las normas señaladas se habla de “ACTIVOS BRUTOS” (Que son activos brutos) Para efectos de interpretar la LEY 43 /90 ART.13.   (2005-10-14) [Mas Información]
    Puna or el cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia   (2005-10-12) [Mas Información]
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    De acuerdo al paragrafo 2 del art 13 de la ley 43 de 1990 es obligatorio tener revisor fiscalen todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos a 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente a cinco mil salarios minimos y/o cuyos ingresos brutos, durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios minimos. La duda surge debido a que el articulo 38 del decreto 2649 de 1993 esta definida tan solo la nocion de ingreso, como entradas de recursos en forma de incrementos de activos o disminucion de pasivos o una combinacion de ambos, que generan incrementos en el patrimonio, sin mencionar en ningun momento el concepto de ingreso bruto, al que hace referencia el paragrafo 2 del art. 13 de la ley 43 de 1990.   (2005-10-11) [Mas Información]
    Una auditoria se puede realizar si suministrada toda la informacion contable (Soportes, libros auxiliares de contabilidad, centros de costos, registros contable y documentos legales, etc.). Por error humano no se tenian impresos los libros oficiales de contabilidad, en este caso aplicaria la figura de abstencion de opinion por parte de la firma auditora? .- Al recibir el informe de auditoria la persona que practico el procedimiento fue una y quien firma es otra, es esto posible?.- Si no lo fuere , en calidad de representante legal que puedo hacer o que derechos me asisten?.  (2005-10-07) [Mas Información]
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    Los estados financieros sin certificar y dictaminar, y sin el cumplimiento de uno o varios de los requisitos establecidos en las normas precitadas, se consideran validos?.- La firma de un contador público en los informes financieros de una sociedad (balances no certificados o dictaminados) hace presumir, salvo prueba en contrario, que tales documentos se ajustan a los requisitos legales y estatutarios.  (2005-10-06) [Mas Información]
    Artículo 1°. Los dignatarios ponentes de la Junta Central de Contadores adelantarán la instrucción de los procesos a través del Director Jurídico y los abogados designados en cada caso, quienes asumirán el carácter de operadores disciplinarios, con las responsabilidades inherentes a tal investidura. Artículo 2°. La Junta Central de Contadores se regirá por la siguiente guía disciplinaria para el trámite de las investigaciones de su competencia.   (2005-10-05) [Mas Información]
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    si una sociedad comercial está obligada a designar Revisor Fiscal, de conformidad con el artículo 203 del Código de Comercio y el artículo 13 de la Ley 43 de 1990, deberá proceder a su nombramiento, no siendo válido subsanar el cargo, con la figura de un Auditor Externo, pues como bien se ha comentado, existen grandes diferencias entre las dos figuras; por ejemplo, el Revisor Fiscal depende única y exclusivamente de la asamblea o junta de socios, ante quie n responde, cumpliendo funciones diferentes a la de un Auditor Externo que rinde cuentas a la administración y se encuentra subordinado a ella.   (2005-10-05) [Mas Información]
    los administradores de las entidades sometidas al régimen de propiedad horizontal, no se encuentran exentos de responsabilidad por los posibles perjuicios que puedan causar en el ejerció de su actividad a la copropiedad, a los propietarios o a terceros según el caso. Evento en el cual, las personas perjudicadas podrán acudir ante las autoridades competentes (jurisdicción penal o civil) para que se adelante el trámite correspondiente y se imponga n las sanciones a que halla lugar.   (2005-10-05) [Mas Información]
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    Las personas jurídicas contratadas para prestar servicios de revisoría fiscal no pueden prestar otros servicios ni desempeñar un cargo diferente en la misma sociedad o ente económico durante el respectivo periodo, El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a responsabilidad disciplinaria, ante la Junta Central de Contadores.   (2005-10-04) [Mas Información]
    Con la expedición de la Resolución 338 del pasado 29 de agosto, la Contaduría General de la Nación modificó el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública, adoptado mediante la Resolución 400 del 2000. La norma creó la subcuenta Incentivos a Sectores Productivos.   (2005-10-03) [Mas Información]
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    El contrato de aparcería no puede confundirse con el contrato de sociedad, pues, a pesar de las semejanzas, el primero no reúne los elementos esenciales determinados en la ley para ser considerado como una compañía, precisó que en el negocio societario es esencial y típico el animus societatis.   (2005-09-30) [Mas Información]
    Se consulta si la incompatibilidad de los Administradores y empleados para aprobar o improbar los estados financieros, balances, cuentas de fin de ejercicio o las cuentas liquidación, se fundamenta en el hecho de haber intervenido en la elaboración de tales documentos y si como consecuencia de ello, los únicos inhabilitados para votar los balances, son el socio representante legal o los socios y empleados de la sociedad que han participado en la preparación de los Estados Financieros o si por el contrario, la inhabili dad es absoluta o de carácter general   (2005-09-21) [Mas Información]
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    La liquidación de la sucursal de una sociedad extranjera debe sujetarse a las reglas que rigen a las sociedades por acciones colombianas. Por lo tanto, debe seguirse el procedimiento previsto en los artículos 225 y siguientes del Código de Comercio, La entidad precisó que su responsabilidad en esta clase de procesos corresponde al ejercicio de un control de legalidad sobre las operaciones liquidatorias   (2005-09-21) [Mas Información]
    Cual es la posibilidad de que una persona jurídica, miembro de una junta directiva de una sociedad, pueda delegar en un tercero distinto del representante legal, mediante poder, la asistencia a reuniones de junta directiva a la cual pertenece dicha persona jurídica o si es potestad exclusiva del representante legal o de su suplente, la asistencia a dichas reuniones  (2005-09-20) [Mas Información]
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    consulta si una persona que pertenece a la junta directiva de dos sociedades, en una como principal y en la otra como suplente, puede contratar entre esas dos empresas, o si hay alguna inhabilidad.  (2005-09-20) [Mas Información]
    Se pregunta con base en la decisión unánime tomada por la Asamblea General de Accionistas, pregunta sobre la legalidad de que la Junta Directiva invite a sus reuniones, además de los principales y suplentes a quienes conforman el máximo órgano social.  (2005-09-20) [Mas Información]
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    Pregunta sí existe reglamento para las reuniones de las juntas directivas de las sociedades anónimas. En caso afirmativo donde puede encontrar una guía.   (2005-09-20) [Mas Información]
    Consulta si el derecho de inspección en una sociedad anónima puede ejercerse a través de apoderado o delegado, puesto que el artículo 447 del Código de comercio, en forma expresa no establece tal posibilidad; a diferencia de lo que ocurre con otros tipos societarios en los que la regulación normativa expresamente así lo dispone.   (2005-09-20) [Mas Información]
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    La junta directiva de una sociedad puede pactar una mayoría decisoria superior a la prevista por el legislador, siempre y cuando las acciones de dicha sociedad no se negocien en el mercado público de valores.   (2005-09-20) [Mas Información]
    Consulta si la figura de la reconstitución de sociedades está vigente, la normatividad adicional que existe al respecto, los requisitos que se deben cumplirse para hacer uso de la misma, si se puede ponerse a funcionar nuevamente la empresa que está disuelta y en estado de liquidación con la misma razón social y el mismo Nit. si los asociados así lo decidieran.   (2005-09-20) [Mas Información]
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    El derecho de preferencia en la negociación de acciones contemplado en unos estatutos, debe observarse cuando se trate de venta de acciones entre socios, traspasos o cualquier otra modalidad para la adquisición de las mismas; sí con arreglo al contrato debe cumplirse el procedimiento y plazos previstos cuando la negociación se realice con terceros; por último, si un grupo de accionistas, así sea mayoritario, puede determinar el alcance e interpretación, en su opinión, contradictoria y sesgada al contrato social.   (2005-09-19) [Mas Información]
    Con base en la decisión unánime tomada por la Asamblea General de Accionistas, pregunta sobre la legalidad de que la Junta Directiva invite a sus reuniones, además de los principales y suplentes a quienes conforman el máximo órgano social.   (2005-09-19) [Mas Información]
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    Una persona que pertenece a la junta directiva de dos sociedades, en una como principal y en la otra como suplente, puede contratar entre esas dos empresas, o si hay alguna inhabilidad.   (2005-09-19) [Mas Información]
    Pregunta si el derecho de preferencia en la negociación de acciones contemplado en unos estatutos, debe observarse cuando se trate de venta de acciones entre socios, traspasos o cualquier otra modalidad para la adquisición de las mismas; sí con arreglo al contrato debe cumplirse el procedimiento y plazos previstos cuando la negociación se realice con terceros; por último, si un grupo de accionistas, así sea mayoritario, puede determinar el alcance e interpretación, en su opinión, contradictoria y sesgada al contrato social.   (2005-09-19) [Mas Información]
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    Las sucursales de sociedades extranjeras e indaga sobre lo atinente a las actividades permanentes y lo consagrado en el numeral 2 del artículo 474 del Código de Comercio.   (2005-09-19) [Mas Información]
    La remoción de un miembro de la junta directiva por decisión de un porcentaje significativo de los asistentes a la reunión del máximo órgano social no es viable, pues la ley exige que esta decisión sea tomada por unanimidad.  (2005-09-16) [Mas Información]
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    Con la prohibición a los administradores de la sociedad para aprobar los balances y cuentas de fin de ejercicio, señalada en el artículo 185 del Código de Comercio, el legislador quiso evitar la aprobación de la gestión propia, por la injerencia en los resultados de los estados financieros. La entidad advirtió que variar el sentido y los efectos de la norma es una ilegalidad, por su carácter imperativo.  (2005-09-16) [Mas Información]
    Consulta si el derecho de inspección en una sociedad anónima puede ejercerse a través de apoderado o delegado, puesto que el artículo 447 del Código de comercio, en forma expresa no establece tal posibilidad; a diferencia de lo que ocurre con otros tipos societarios en los que la regulación normativa expresamente así lo dispone  (2005-09-15) [Mas Información]
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    Consulta si la figura de la reconstitución de sociedades está vigente, la normatividad adicional que existe al respecto, los requisitos que se deben cumplirse para hacer uso de la misma, si se puede ponerse a funcionar nuevamente la empresa que está disuelta y en estado de liquidación con la misma razón social y el mismo Nit. si los asociados así lo decidieran.  (2005-09-15) [Mas Información]
    No existiendo norma legal que lo prohíba y si los estatutos no lo hicieran, eventualmente las reuniones de la junta directiva, ordinarias o extraordinarias, pueden llevarse a cabo en lugar distinto del domicilio social, siempre y cuando debidamente convocadas o aún sin haberlo sido, concurra la totalidad de sus miembros  (2005-09-14) [Mas Información]
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    La consulta que procedemos a resolver, plantea la cuestión relacionada con la posibilidad legal, de si los herederos de un accionista fallecido cuyo proceso o tramite de sucesión no se haya abierto, pueden ejercer o no los derechos de voz y voto en las asambleas de accionistas y se pueden presentar como titulares de las acciones que se encuentran registradas en el libro de accionistas a nombre del difunto.   (2005-09-14) [Mas Información]
    Una sociedad en la que por medio del sistema del cuociente electoral, se realizó la elección de junta directiva de cinco miembros, como lo ordena la legislación societaria. Para llevar a cabo este procedimiento se inscribieron dos planchas y efectuado el escrutinio de la plancha A resultaron los cuatro primeros renglones y de la plancha B, resultó elegido el último renglón.  (2005-09-14) [Mas Información]
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    En el acto notarial de constitución de una sociedad filial en el país, el inversionista extranjero puede intervenir directamente o por conducto de apoderado. En este caso, es necesario legalizar las firmas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y presentar el poder debidamente autenticado, con la constancia suscrita por el cónsul del país extranjero en la que certifique la existencia de la sociedad   (2005-09-13) [Mas Información]
    Las sociedades anónimas no pueden exigirles a sus socios la cancelación de valores adicionales a los que hacen parte del capital suscrito, La entidad precisó que las cuotas de sostenimiento exigidas a los socios no son de la esencia ni de la naturaleza del contrato social.  (2005-09-13) [Mas Información]
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    Consulta relacionada con el carácter de comerciante de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y su obligación de matricularse en el registro mercantil a cargo de las cámaras de comercio, me permito manifestarle lo siguiente:  (2005-09-12) [Mas Información]
    Consulta relacionada con el carácter de comerciante de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y su obligación de matricularse en el registro mercantil a cargo de las cámaras de comercio, me permito manifestarle lo siguiente:  (2005-09-09) [Mas Información]
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    La Superintendencia aclara en qué consiste la vigilancia, cuales son las obligaciones de las sociedades vigiladas y cuales las sanciones por incumplimiento de tales obligaciones  (2005-09-08) [Mas Información]
    La Superintendencia aclara en qué consiste la vigilancia, cuales son las obligaciones de las sociedades vigiladas y cuales las sanciones por incumplimiento de tales obligaciones.  (2005-09-07) [Mas Información]
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    La cesión de unos contratos de arrendamiento sobre bienes de uso público, por parte de una empresa de servicios público, establecimiento público descentralizado del orden municipal en liquidación, a una nueva empresa industrial y comercial del Estado, que cumplirá las mismas funciones   (2005-09-07) [Mas Información]
    La Junta Central de Contadores estimó necesario expedir una guía general para el trámite de los procesos disciplinarios de su competencia, la cual debe ser observada en forma estricta por los operadores disciplinarios, los dignatarios ponentes, el Tribunal y la Secretaría General de la Corporación   (2005-08-31) [Mas Información]
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    Solo al Liquidador corresponde estimar y proponer al máximo órgano social la remuneración que a su juicio compensa el trabajo a desarrollar, exigencia que desde luego, debe concretarse antes de la aceptación del cargo.   (2005-08-31) [Mas Información]
    En los procesos de fusión en que una sociedad colombiana es absorbida por una sociedad extranjera, la reforma estatutaria debe regirse por los lineamientos establecidos en los artículos 172 y siguientes del Código de Comercio, Si se trata de una sociedad sujeta a vigilancia de esa superintendencia, la reforma debe someterse a su autorización, de acuerdo con la Ley 222 de 1995.  (2005-08-31) [Mas Información]
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    La Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) debe autorizar las fusiones o escisiones de las sociedades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud. Lo anterior no sigifica que las entidades que se fusionen o escindan deban someterse a la vigilancia de la Supersociedades.  (2005-08-22) [Mas Información]
    No existe impedimento legal para que el director administrativo de una sociedad anónima o limitada sea socio de esta, en cualquier caso, el empleado debe evitar cualquier actuación que implique conflicto de intereses.  (2005-08-19) [Mas Información]
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    El Gobierno Nacional derogó el artículo 6º y el capítulo II del Decreto 393 del 2002, relativos al Formulario Único Empresarial y a la calificación de proponentes, respectivamente. El régimen aplicable a la calificación de proponentes será el contenido en los artículos vigentes del Decreto 393 del 2002 y en los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 6º y 8º a 27 del Decreto 92 de 1998  (2005-08-19) [Mas Información]
    El liquidador debe pagar el pasivo externo de la sociedad, una vez aprobado el inventario de los bienes, con estricta observancia de la prelación legal y de acuerdo con el flujo de recursos que genere la venta de los activos sociales y demás ingresos del ente económico.  (2005-08-19) [Mas Información]
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    Los socios, individualmente considerados, no pueden usar los signos distintivos de la sociedad invocando los derechos que su calidad les confiere, ya que socios y sociedad son personas jurídicamente diferentes.  (2005-08-18) [Mas Información]
    El tipo de vínculo laboral que tenga un revisor fiscal dentro de una empresa (contrato laboral o de prestación de servicios) no modifica los objetivos ni las características de la revisoría fiscal   (2005-08-18) [Mas Información]
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    El hecho de no renovar el registro mercantil dentro del plazo legal no faculta a la cámara de comercio para cancelar la matrícula del comerciante, pues no existe consecuencia legal por tal incumplimiento. El incumplimiento tampoco implica que los efectos de la inscripción hayan perdido vigencia.  (2005-08-18) [Mas Información]
    Por regla general, la sociedad se extingue como persona jurídica y el liquidador cesa en sus funciones, cuando finaliza el trámite liquidatorio previsto en la ley mercantil. Este trámite termina después de que el acta contentiva de la cuenta final de liquidación aprobada por los socios se inscribe en el registro mercantil.   (2005-08-17) [Mas Información]
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    La Supersociedades recordó que su competencia se circunscribe a las funciones de inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales y al cumplimiento del régimen cambiario en materia de inversión extranjera, inversión colombiana en el exterior y endeudamiento externo.   (2005-08-03) [Mas Información]
    Crear comités dentro de la junta directiva de una sociedad es viable, siempre que en los estatutos estén reguladas las condiciones de su creación. Sin embargo, a juicio de la entidad, las decisiones de los integrantes del comité sobre los asuntos técnicos sometidos a su consideración no pueden vincular con su voto a la sociedad.  (2005-08-03) [Mas Información]
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    Cuando un socio realiza retiros sin el consentimiento de los demás asociados, debe devolver el dinero retirado, con los intereses y/o la indexación respectivos, de acuerdo con el pacto realizado por las partes, en virtud de la libertad contractual que existe en Derecho Privado.  (2005-08-01) [Mas Información]
    No existe ningún impedimento para que los asociados de una compañía puedan asociarse simultáneamente a otras empresas con el mismo o similar objeto social. La entidad precisó que la competencia desleal opera, siempre y cuando se incurra en alguna de las prácticas señaladas en la Ley 256 de 1996  (2005-07-29) [Mas Información]
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    Una sociedad del sector real no puede ejecutar actos de captación y colocación de dineros entre sus socios y terceros como actividad principal. Según la entidad, estas sociedades solo pueden prestar dinero a los asociados cuando la operación tenga una relación de medio a fin con el objeto social.   (2005-07-29) [Mas Información]
    Si un suscriptor del sistema consorcial reclama sus cuotas cinco años después de que su derecho se hizo exigible, no puede iniciar una acción ejecutiva, pues, de acuerdo con la Ley 791 del 2002, esta habría caducado. Sin embargo, puede reclamar por la vía ordinaria, siempre y cuando no deje transcurrir otro lapso adicional de cinco años, caso en cual perdería definitivamente el derecho   (2005-07-29) [Mas Información]
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    Las sucursales de sociedades extranjeras que participen en una licitación deben presentar sus estados financieros, ya que están regidas por las normas aplicables a las sociedades colombianas. Para la entidad, la obligación de la sucursal no exonera a la casa matriz de responder solidariamente por las obligaciones que sus representantes contraigan en Colombia.   (2005-07-27) [Mas Información]
    Las sociedades de responsabilidad limitada tienen la obligación de llevar el libro de registro de socios registrado en la cámara de comercio, del que habla el artículo 361 del Código de Comercio.   (2005-07-27) [Mas Información]
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    No existe exigencia legal en cuanto a que el número de miembros de una junta directiva de una sociedad deba ser impar, esta aclaró que la ley solo exige un número mínimo de tres miembros. A partir de ahí, los socios pueden establecer cualquier número superior, sea par o impar.   (2005-07-26) [Mas Información]
    La remoción del representante legal de una sociedad está regida por el principio de libre revocabilidad de los administradores, sin que se requiera de la verificación de alguna condición particular. Por esta razón, no resulta jurídicamente viable supeditar la desvinculación del representante a la ocurrencia de las justas causas de terminación del contrato laboral ni a la ocurrencia de irregularidades o inconsistencias administrativas derivadas del ejercicio del cargo   (2005-07-26) [Mas Información]
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    Las sucursales de sociedades extranjeras, al no tener personería jurídica, no pueden transformarse en ninguno de los tipos societarios contemplados en el Código de Comercio colombiano.   (2005-07-25) [Mas Información]
    Los costos por concepto de escrituración relativos a la cesión de cuotas en materia mercantil son asumidos por partes iguales entre el cedente y el cesionario.   (2005-07-25) [Mas Información]
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    La reconstitución de una sociedad no debe sobrepasar los seis meses, después de formalizada su disolución, ya que la dinámica mercantil no permite utilizar un término diferente, dicho plazo coincide con el otorgado por la ley para que, una vez ocurrida una causal de disolución, pueda evitarse la liquidación del ente societario   (2005-07-21) [Mas Información]
    Teniendo en cuenta que la finalidad del Registro Único Empresarial (RUE) es la reducción de trámites para facilitar la actividad de las empresas, y que la matrícula mercantil es una sola a nivel nacional, el trámite de inscripción del cambio de domicilio no debe implicar la cancelación de la matrícula ni el cobro de una nueva, ni el control de homonimia por parte de las cámaras de comercio.   (2005-07-21) [Mas Información]
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    La disolución y el procedimiento para la liquidación de una sociedad no se pueden cumplir a través de una única escritura pública, la disolución es un solo acto, mientras que el procedimiento para la liquidación, además de ser posterior, comprende varias actuaciones que buscan garantizar los derechos de los acreedores.   (2005-07-13) [Mas Información]
    Imposibilidad de ceder cuotas sociales, Si agotados los trámites previstos para la cesión de cuotas sociales ningún asociado está interesado en adquirirlas ni se logra el ingreso de una persona ajena a la compañía, se puede optar por aprobar la disolución y liquidación de la compañía o excluir al asociado interesado en ceder su participación, si se toma la segunda opción, el representante legal debe solicitar la autorización de dicha superintendencia.   (2005-06-29) [Mas Información]
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    El revisor fiscal queda separado del cargo y liberado de responsabilidad, con la inscripción en el registro mercantil de copia del acta en la que se acepta su renuncia, la responsabilidad endilgada al revisor fiscal saliente mientras se registra un nuevo nombramiento no puede carecer de límites temporales y materiales.   (2005-06-28) [Mas Información]
    Las personas inscritas en la cámara de comercio como representantes de una sociedad o como revisores fiscales conservan ese carácter para todos los efectos legales, mientras dicha inscripción no se cancele mediante el registro de un nuevo nombramiento o elección   (2005-06-27) [Mas Información]
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    El revisor fiscal no puede actuar como asesor y contador o cumplir un cargo en la empresa en donde ejerce la función concreta de dar fe pública. Hacerlo, además de convertirlo en juez y parte, le quita autonomía e independencia mental y le daría poca credibilidad y confianza   (2005-06-23) [Mas Información]
    Para lograr la declaratoria y el trámite de la disolución y del proceso de liquidación de una sociedad no sometida al control y vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, basta que cualquier socio interesado manifieste ante un juez la falta de ánimo societario.   (2005-06-23) [Mas Información]
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    Superintendencia de Industria y Comercio adoptó un sistema de contabilización de ingresos y gastos en subcuentas y centros de costos para las cámaras de comercio. La circular busca que las cámaras puedan separar contablemente la información relacionada con los recursos públicos y privados que administran, en cumplimiento de la Circular 60 del 2004 de la Contaduría General de la Nación.   (2005-06-23) [Mas Información]
    Dentro del proceso liquidatorio privado y voluntario de una sociedad, la Superintendencia de Sociedades se limita a aprobar el inventario del patrimonio social, si se trata de sociedades por acciones bajo las causales de vigilancia del Decreto 3100 de 1997 ó de sociedades cuyo capital está representado en cuotas o partes de interés social.   (2005-06-22) [Mas Información]
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    El derecho de retiro es improcedente, cuando se quiere constituir una nueva sociedad para continuar los negocios de otra sociedad ya disuelta, Según la entidad, la reconstitución debe ser aprobada unánimemente por todos los socios y la facultad de retiro solo está consagrada a favor de los socios ausentes o disidentes.   (2005-06-22) [Mas Información]
    Contaduría General de la Nación modificó el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública (PGCP), adoptado mediante la Resolución 400 del 2000, al crear las subcuentas de “utilidad en la negociación de divisas” y de “pérdida en negociación de divisas”.   (2005-06-22) [Mas Información]
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    Mientras que la auditoría externa opera en interés de los administradores de la entidad, la revisoría fiscal lo hace en salvaguarda de los intereses de los asociados, de las partes que conforman el ente económico y, con ello, del interés del Estado.   (2005-06-21) [Mas Información]
    Cesión de cuotas de socio que pretende desvincularse de la compañía.- Si un socio quiere ceder sus cuotas sociales para desvincularse de la compañía y ningún asociado ni alguien ajeno a la sociedad está interesado en adquirirlas, los demás socios pueden aprobar la disolución o liquidación del ente o excluir al asociado que pretende obtener la desvinculación.   (2005-06-21) [Mas Información]
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    Cualquiera que sea el mecanismo de vinculación del revisor fiscal a una sociedad, su elección y remoción se rigen por las normas del Código de Comercio relativas a las sociedades, La entidad recalcó que la asamblea o la junta de socios nombrará a los funcionarios por el periodo señalado en los estatutos, sin perjuicio de revocación en cualquier tiempo.   (2005-06-20) [Mas Información]
    La reserva legal de una sociedad se constituye de las utilidades contables del ejercicio, si estas existen. En caso de presentarse pérdida, no se constituirá reserva y aquella se enjugará con las reservas constituidas especialmente para este fin.   (2005-06-18) [Mas Información]
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    El revisor fiscal de una copropiedad debe informar oportunamente a la asamblea la falta de registro de los libros de contabilidad ante la DIAN o, en su defecto, hacer las anotaciones del caso al dictaminar los estados financieros. Si no se advirtió esta situación, será responsable por los daños que se llegaren a causar.   (2005-06-17) [Mas Información]
    La disminución de capital social sin reembolso efectivo de aportes no requiere autorización de la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades), pues no se cumplen las condiciones señaladas en los artículos 86, numeral 7º, de la Ley 222 de 1995 y 2º, numeral 20, del Decreto 1080 de 1996. La Supersociedades recordó que la proporción que debe existir entre el capital autorizado y el suscrito solo se refiere al momento de constitución de la sociedad.   (2005-06-17) [Mas Información]
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    De acuerdo con las normas vigentes sobre entidades matrices y subordinadas, estas últimas siempre deben ser sociedades. Por su parte, como controlante puede actuar una o más personas naturales o jurídicas de cualquier naturaleza.   (2005-06-17) [Mas Información]
    Aunque las normas mercantiles no contemplan la obligación general de remitir a la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) los informes que el revisor fiscal y los administradores deben presentar a la asamblea general de accionistas, dicha entidad puede, en virtud de sus funciones de inspección y vigilancia, solicitarle esos documentos a la asamblea general.   (2005-06-15) [Mas Información]
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    El valor puede contabilizarse en el activo o en el pasivo.- El impuesto sobre las ventas (IVA) en el que se incurre por concepto de fletes es descontable y su valor deberá contabilizarse en el activo, en la cuenta de impuestos descontables, o en el pasivo, en la cuenta Impuesto sobre las ventas-IVA descontable (naturaleza débito).   (2005-06-15) [Mas Información]
    Aunque el hecho de que haya lugar a la reunión por derecho propio de la asamblea general de accionistas determina una omisión en el cumplimiento de las obligaciones del representante legal, no puede afirmarse que necesariamente se derive una sanción por parte de la Superintendencia de Sociedades. es necesario examinar las especiales circunstancias de la sociedad y la conducta de los administradores en particular.   (2005-06-14) [Mas Información]
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    Para modificar los estados financieros, el ente económico debe dar aplicación al principio de realización consagrado en el artículo 12 del Decreto 2649 de 1993, solo pueden reconocerse hechos económicos realizados cuando se compruebe un beneficio, un sacrificio económico o un cambio en los recursos como consecuencia de transacciones pasadas.   (2005-06-14) [Mas Información]
    Los gastos ocasionados dentro de un contrato de factoring no cumplen los requisitos para adquirir el carácter de diferidos, pues el hecho que los origina es la decisión de asegurar el recaudo oportuno de la cartera.   (2005-06-13) [Mas Información]
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    Por medio de la Circular Externa 16 del pasado 2 de junio, la Superintendencia Bancaria modificó el plan de cuentas de los fondos de pensiones administrados por la Caja de Auxilios y de Prestaciones de Acdac (Caxdac), adoptado mediante la Resolución 2656 de 1995, y el capítulo XVI “Validaciones” de la Circular Básica Financiera y Contable.   (2005-06-13) [Mas Información]
    Los servicios prestados en determinado mes del año deben registrarse en las cuentas de resultado de la empresa en esa misma fecha, aunque el contrato indique que la factura se emitió al mes siguiente.- Cuando la facturación incluya días de un mes y de otro, los ingresos y gastos se deben reconocer en cada mes, mediante documentos de carácter interno, que sirven de soporte de la factura emitida.   (2005-06-10) [Mas Información]
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    Los comerciantes que renovaron oportunamente su matrícula mercantil en el 2004 y solicitaron su cancelación dentro del periodo legal, es decir, entre el 1º de enero y el 31 de marzo del 2005, no están obligados a pagar los derechos de renovación de la matrícula para este año.   (2005-06-08) [Mas Información]
    La buena fe del profesional debe presumirse, De acuerdo con las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la ley, no existe prohibición alguna para ser el contador de la empresa de un hermano. Así lo señaló el Concejo Técnico de la Contaduría Pública, en concepto del pasado 11 de mayo. La entidad también argumentó que debe presumirse la buena fe del profesional, en la ejecución de la actividad contable.   (2005-06-08) [Mas Información]
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    La Superintendencia de Sociedades adoptó el procedimiento de venta directa de bienes mediante subasta privada que deben implementar las sociedades en liquidación obligatoria en la etapa de enajenación de bienes por parte del liquidador. Con la disposición, la entidad busca que la concursada obtenga mayores ingresos en beneficio de los acreedores en las ventas directas.   (2005-06-07) [Mas Información]
    La Superintendencia de Sociedades adoptó el procedimiento de venta directa de bienes mediante subasta privada que deben implementar las sociedades en liquidación obligatoria en la etapa de enajenación de bienes por parte del liquidador. Con la disposición, la entidad busca que la concursada obtenga mayores ingresos en beneficio de los acreedores en las ventas directas.  (2005-06-07) [Mas Información]
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    El documento respalda un préstamo efectuado por la empresa a un empleado. La libranza no debe contabilizarse en la cuenta de caja, ya que no representa efectivo o su equivalente, la entidad recordó que la libranza es el documento que respalda un crédito o préstamo efectuado por la empresa o por un tercero a un empleado  (2005-06-07) [Mas Información]
    Las iglesias cristianas, al estar organizadas como entidades sin ánimo de lucro, están obligadas a llevar contabilidad según lo estipulado en el artículo 45 de la Ley 190 de 1995. Por esto, deben seguir la normatividad contable establecida en el Decreto Reglamentario 2649 de 1993.   (2005-06-07) [Mas Información]
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    Al reconocer los activos y pasivos a su valor neto realizable, como lo exigen las normas de contabilidad, en especial las que definen este valor, no es conveniente reexpresarlos por el efecto de la inflación, hecho que por lo general es aplicable al valor o costo histórico. Lo anterior tiene más asidero en razón a que las sociedades que se encuentran en proceso de liquidación lo que persiguen es vender sus activos prontamente para proceder a pagar sus pasivos, de acuerdo con la prelación de créditos prevista en el Código Civil; por ende los incrementos que se ocasionarían al aplicar los ajustes por inflación, redundarían simultáneamente en el reconocimiento de un gasto o una pérdida al tener que reflejar al valor neto de realización, tanto los activos como los pasivos, en cump limiento a la norma que exige se reflejen a este valor.   (2005-06-02) [Mas Información]
    Conservación y destrucción de los libros. Los entes económicos deben conservar debidamente ordenados los libros de contabilidad, de actas, de registro de aportes, los comprobantes de las cuentas, los soportes de contabilidad y la correspondencia relacionada con sus operaciones. Salvo lo dispuesto en normas especiales, los documentos que deben conservarse pueden destruirse después de veinte (20) años contados desde el cierre de aquéllos o la fecha del último asiento, documento o comprobante. No obstante, cuando se garantice su reproducción por cualquier medio técnico, pueden destruirse transcurridos diez (10) años. El liquidador de las sociedades comerciales debe conservar los libros y papeles por el término de cinco (5) años, contados a partir de la aprobación de la cuenta final de liquidación  (2005-06-02) [Mas Información]
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    Conservación y destrucción de los libros. Los entes económicos deben conservar debidamente ordenados los libros de contabilidad, de actas, de registro de aportes, los comprobantes de las cuentas, los soportes de contabilidad y la correspondencia relacionada con sus operaciones. Salvo lo dispuesto en normas especiales, los documentos que deben conservarse pueden destruirse después de veinte (20) años contados desde el cierre de aquéllos o la fecha del último asiento, documento o comprobante. No obstante, cuando se garantice su reproducción por cualquier medio técnico, pueden destruirse transcurridos diez (10) años. El liquidador de las sociedades comerciales debe conservar los libros y papeles por el término de cinco (5) años, contados a partir de la aprobación de la cuenta final de liquidación   (2005-06-02) [Mas Información]
    El embargo del establecimiento de comercio no impide la inscripción en el registro mercantil de los cambios de dirección, domicilio, nombre y demás modificaciones relacionadas con la actividad comercial que no impliquen variación en la propiedad del establecimiento, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio. Según la entidad, la cámara de comercio correspondiente deberá informar las modificaciones al juez competente.   (2005-05-28) [Mas Información]
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    En caso de que una asamblea de copropietarios ordene la adquisición de activos para la dotación de inmuebles, esta partida debe reconocerse como una donación, afectando las cuentas de resultados, señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. La partida tendrá efectos en el cálculo del impuesto de renta, para aquellos que estén obligados a presentarlo, de acuerdo con el artículo 125 del Estatuto Tributario.   (2005-05-27) [Mas Información]
    Para ejercer el derecho de intervención con voz pero sin voto en las asambleas de accionistas o juntas de socios, el revisor fiscal debe hacerse presente en las reuniones, sin que ello implique una causal de inhabilidad o incompatibilidad, pues su actividad se limita a expresar sus opiniones y a entregar la información que los miembros del organismo le soliciten. Así lo señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, el pasado 7 de marzo.   (2005-05-26) [Mas Información]
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    La asamblea general o junta de socios es el único órgano facultado para exigirle al revisor fiscal la entrega del informe presentado por el gerente que se desvincula de la sociedad. Así lo señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en concepto del 7 de marzo pasado.   (2005-05-26) [Mas Información]
    Cuando se le ordene a una entidad el reintegro de un trabajador, esta no puede negarse a cumplirlo por estar en proceso liquidatorio. Así lo determinó la Corte Constitucional, en sentencia del pasado 4 de abril. El alto tribunal explicó que la entidad debe iniciar un proceso ordinario laboral, para que un juez determine si el reintegro es o no posible.   (2005-05-26) [Mas Información]
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    El revisor fiscal de una propiedad horizontal de carácter mixto (residencial y comercial) debe emitir dictamen sobre los estados financieros, expresando, en forma clara e inequívoca, su opinión acerca de las circunstancias o situaciones detectadas. Así lo indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en concepto del pasado 9 de febrero.   (2005-05-25) [Mas Información]
    Las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar contabilidad. Por lo tanto, deben sujetarse a lo señalado en el Decreto Reglamentario 2649 de 1993, señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Según la entidad, las excepciones de carácter contable no cobijan a esta clase de entidades, independientemente del carácter de contribuyentes o no del impuesto de renta.   (2005-05-25) [Mas Información]
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    Una vez que ha sido designado el revisor fiscal en una sociedad, es necesario registrar el acto en la cámara de comercio correspondiente, como garantía frente a terceros, señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. La entidad precisó que, mientras no se reconozca el derecho a la cancelación del registro, el revisor fiscal seguirá respondiendo para todos los efectos legales.   (2005-05-25) [Mas Información]
    La Superintendencia Bancaria, a través de la Circular Externa 11 del pasado 12 de mayo, modificó el Plan Único de Cuentas (PUC) para el Sistema Financiero y para el Banco de la República. La circular modifica las resoluciones 3600 de 1988 y 534 de 1997.   (2005-05-20) [Mas Información]
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    Los estatutos de un fondo de empleados deben establecer el procedimiento para asistir a la asamblea general a través de representante o apoderado, precisó la Superintendencia de la Economía Solidaria. En este evento, se debe fijar un tope máximo de capacidad de representación y expedir la correspondiente reglamentación, de manera que no se generen dudas o inquietudes al respecto.   (2005-05-20) [Mas Información]
    La sociedad contratista debe verificar que la autorización conferida por el órgano competente al representante legal dentro del proceso licitatorio es expresa, determinada y determinable, de forma que no haya confusión respecto de la negociación. Así lo advirtió la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 31 de marzo.   (2005-05-13) [Mas Información]
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    Cuando los estatutos de la cámara de comercio no establecen las situaciones que constituyen justa causa para la inasistencia de sus miembros a las sesiones de junta directiva, se entenderá que son aquellas que sustenten válidamente su ausencia, de acuerdo con el criterio de la junta. Así lo determinó la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante concepto del pasado 5 de abril.   (2005-05-13) [Mas Información]
    Los recursos que se interpongan en vía gubernativa contra los actos de inscripción de nombramiento de representante legal de una sociedad en la cámara de comercio se conceden en el efecto suspensivo. Por lo tanto, estos actos solo surtirán efectos, cuando se resuelvan los recursos y queden en firme. Así lo sostuvo la Superintendencia de Industria y Comercio, en concepto del pasado 26 de abril.   (2005-05-13) [Mas Información]
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    La Superintendencia de Sociedades señaló los casos en los que las empresas creadas por acciones deben solicitar autorización para colocar acciones. De acuerdo con la entidad, este requisito se exige a las sociedades vigiladas que coloquen acciones con dividendo preferencial sin derecho a voto o acciones privilegiadas y a las sociedades controladas que vayan a efectuar una colocación.   (2005-04-29) [Mas Información]
    De acuerdo con el artículo 341 del Código de Comercio, las normas sobre socios gestores que rigen a las sociedades colectivas son aplicables a las sociedades en comandita simple, en los casos no previstos en la regulación de estas, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad recordó que el artículo 25 de la Ley 222 de 1995 estatuyó la acción social de responsabilidad como mecanismo de protección para los asociados frente a los administradores.   (2005-04-29) [Mas Información]
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    Es viable que una sociedad anónima cerrada pueda escindirse, aclaró la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 10 de marzo. Según la entidad, la ley le permite a cualquier sociedad llevar a cabo este procedimiento.   (2005-04-28) [Mas Información]
    Si el representante legal de una sociedad suscribe un poder, la representada será la sociedad y no aquel en forma personal, aunque haya sido removido del cargo. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 31 de marzo. Según la entidad, la sociedad tendrá, en cualquier caso, la facultad de revocar dicho poder.   (2005-04-28) [Mas Información]
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    Aunque la asistencia del revisor fiscal a las reuniones ordinarias de asamblea y junta directiva no es obligatoria, es conveniente y necesaria si los temas lo ameritan o si es el propio revisor fiscal quien convoca las reuniones. Así lo recordó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 31 de marzo.   (2005-04-28) [Mas Información]
    Las sociedades de economía mixta deben ajustarse no solo a las normas que autorizan la participación de entidades públicas, sino también a las que regulan el contrato social, ya que tienen la obligación de constituirse bajo la forma de sociedades comerciales. Así lo recordó la Superintendencia de Sociedades en concepto emitido el pasado 31 de marzo.   (2005-04-28) [Mas Información]
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    El representante legal de una sociedad anónima puede ser vinculado a través de un contrato civil de prestación de servicios, pues no existe en la legislación mercantil una disposición que lo prohíba, precisó la Superintendencia de Sociedades. Las previsiones establecidas en los artículos 440 a 442 del Código de Comercio son las aplicables en materia de representación legal de esta clase de sociedades, sin perjuicio de las reglas generales, señaló la entidad.   (2005-04-26) [Mas Información]
    La Superintendencia Bancaria, por medio de la Circular Externa 9 del pasado 20 de abril, modificó el Plan Único de Cuentas (PUC) para el sector asegurador. La circular, que se debe aplicar a los estados financieros con corte al 31 de marzo del 2005, modifica la Resolución 2300 de 1990.   (2005-04-26) [Mas Información]
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    Las sucursales de sociedades extranjeras no pueden ser socias o accionistas de sociedades comerciales o civiles porque, a pesar de ser residentes según el régimen cambiario, no tienen la condición de personas jurídicas. Así lo recordó la Superintendencia de Sociedades, mediante concepto del pasado 28 de marzo.   (2005-04-26) [Mas Información]
    La disminución del capital con efectivo reembolso de aportes requiere autorización de la Superintendencia de Sociedades. Así lo manifestó dicha entidad, en concepto del pasado 9 de marzo, en el cual advirtió que podrá exigir requisitos adicionales, con el fin de preservar el orden público económico.   (2005-04-25) [Mas Información]
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    La participación de una persona en una sociedad anónima no puede ser igual al 95% o más de las acciones suscritas, pues el artículo 457 del Estatuto Mercantil establece este porcentaje de participación como una causal de disolución y liquidación de la sociedad. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en concepto emitido el pasado 28 de marzo.   (2005-04-25) [Mas Información]
    La prueba de la calidad de socio en una sociedad de responsabilidad limitada está constituida por la certificación actualizada expedida por la cámara de comercio, en la que conste la inscripción de la formación del capital social en el registro mercantil, que debe coincidir con el libro de registro de socios. Así lo indicó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 16 de marzo.   (2005-04-25) [Mas Información]
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    El socio excluido por decisión de los asociados en reunión extraordinaria del máximo órgano social puede seguir ejerciendo el derecho de inspección, hasta que la escritura pública que contiene la reforma estatutaria donde figura su exclusión quede inscrita en el registro mercantil. Así lo determinó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 16 de marzo.   (2005-04-22) [Mas Información]
    Una sociedad disuelta y en estado de liquidación puede participar en un proceso de fusión o escisión, siempre que se procure la extinción total de la persona jurídica, señaló la Superintendencia de Sociedades. En este evento, la sociedad solo podrá ocupar el papel de sociedad escindente o absorbida, precisó la entidad.   (2005-04-22) [Mas Información]
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    El máximo órgano social puede proponer la implementación del voto electrónico, mediante estipulación estatutaria o en su respectiva reunión, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad recordó que las sociedades comerciales pueden implementar los mecanismos que estimen convenientes para expresar la voluntad de los socios, de acuerdo con los artículos 186 del Código de Comercio y 19 y 20 de la Ley 222 de 1995.   (2005-04-22) [Mas Información]
    Las normas del Código de Comercio no se aplican a las entidades de utilidad común ni a las fundaciones, sino solo a los comerciantes y a los asuntos mercantiles. Así lo aclaró la Superintendencia de Sociedades, en concepto emitido el pasado 14 de marzo.   (2005-04-22) [Mas Información]
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    Una sociedad en liquidación no puede arrendar ninguno de sus bienes, ya que, en esta etapa, la entidad solo puede llevar a cabo actos encaminados a su extinción. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades), en concepto del pasado 14 de marzo. Según la Supersociedades, el arrendamiento haría responsables ilimitada y solidariamente al liquidador y al revisor fiscal que no se hubieren opuesto al acto, frente a la sociedad, a los socios y a terceros.   (2005-04-21) [Mas Información]
    Las normas sobre impugnación de actas de asambleas o juntas de socios que rigen a las sociedades no pueden aplicarse a las uniones temporales, advirtió la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 1º de marzo. Según la entidad, corresponde a las partes de la unión convenir las cláusulas que regulan dicha impugnación.   (2005-04-21) [Mas Información]
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    Las cámaras de comercio no pueden registrar el documento de constitución de una entidad sin ánimo de lucro, si no reúne los requisitos señalados en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1996. Así lo determinó la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante concepto del pasado 29 de marzo.   (2005-04-13) [Mas Información]
    No existe impedimento legal para que un miembro de la junta directiva de una sociedad anónima le preste asesoría externa a la entidad y reciba una remuneración por sus servicios. Así lo recordó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 10 de febrero.   (2005-04-12) [Mas Información]
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    A las sociedades de familia les son aplicables las normas que regulan las sociedades comerciales y, por lo tanto, se pueden constituir como anónimas, limitadas u otro tipo societario. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 10 de febrero. Según la entidad, este tipo de sociedades carece de una normatividad especial que reglamente su constitución, conformación y funcionamiento.   (2005-04-11) [Mas Información]
    No existe ningún procedimiento para que un concepto de la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) deje de tener aplicación. Así lo aclaró esta entidad, en concepto del pasado 10 de febrero. De acuerdo con la Supersociedades, sus pronunciamientos no comprometen la responsabilidad de la administración, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, no tienen una fecha a partir de la cual entren a regir ni destinatarios que deban aplicarlos.   (2005-04-11) [Mas Información]
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    Una sociedad anónima no puede fusionarse con una sucursal de una sociedad extranjera, pues esta no es una sociedad ni forma una persona jurídica distinta de su matriz. Así lo recordó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 23 de febrero. La entidad reiteró que solo puede haber fusión cuando una o más sociedades se disuelven, para ser absorbidas por otra o para crear una nueva.   (2005-04-11) [Mas Información]
    La falta de pago del capital no afecta la existencia, la validez ni la eficacia de la sociedad, como tampoco los actos que haya realizado en ejercicio de su objeto social. Así lo reiteró la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 4 de febrero.   (2005-04-09) [Mas Información]
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    Después de practicadas las medidas cautelares de embargo y secuestro, no es necesario repetirlas por haber sido cambiado el liquidador, sostuvo la Superintendencia de Sociedades. La entidad explicó que la cautela es una sola y surte todos sus efectos hasta que sea formalmente levantada conforme a las normas vigentes.   (2005-04-09) [Mas Información]
    Si los socios interesados en adquirir cuotas sociales discrepan sobre su precio o plazo, se designarán peritos para que los fijen. El justiprecio o el plazo determinado será obligatorio para las partes, sin perjuicio de que estas determinen otra cosa. Así lo recordó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 10 de febrero.   (2005-04-08) [Mas Información]
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    Cinco años después de liquidada la sociedad, sus libros y papeles pueden ser destruidos, sin que el liquidador deba garantizar su reproducción exacta. Así lo indicó la Superintendencia de Sociedades, en concepto emitido el pasado 10 de febrero.   (2005-04-08) [Mas Información]
    En las sociedades anónimas, los aportes en especie deberán determinarse en un valor específico y serán avaluados unánimemente por los socios reunidos en junta preliminar, sin que sea necesario solicitar aprobación del avalúo a la Superintendencia de Sociedades. Así lo determinó esta entidad, en concepto del pasado 17 de febrero.   (2005-04-07) [Mas Información]
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    La ley, sin perjuicio de lo consagrado en los estatutos, no exige que quien actúe como secretario del máximo órgano social deba ser socio de la compañía. Así lo manifestó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 28 de febrero.   (2005-04-07) [Mas Información]
    Las sociedades comerciales en disolución no tienen la obligación legal de reportarle a la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) el trámite liquidatorio en el que se encuentran. Así lo estableció la mencionada entidad, en concepto del pasado 15 de febrero. De acuerdo con la Supersociedades, la obligación de informar tal hecho solo está dirigida a los acreedores sociales.   (2005-04-06) [Mas Información]
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    La legislación mercantil colombiana no consagra la figura de exclusión de socios para las sociedades anónimas, por lo que no es viable establecer causales estatutarias que señalen supuestos de exclusión. Sin embargo, ello no impide que las decisiones tomadas por los amigables componedores sobre el tema puedan hacerse exigibles a través de las instancias legales correspondientes. Así lo reiteró la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 9 de febrero.   (2005-04-05) [Mas Información]
    De acuerdo con el numeral 1° del artículo 238 del Código de Comercio, el liquidador de la sociedad debe cumplir los compromisos adquiridos con anterioridad a la fecha de disolución, señaló la Superintendencia de Sociedades. Estos compromisos no pueden ser prorrogados, pues ello implicaría la realización de nuevas operaciones en manifiesta violación al ordenamiento mercantil, advirtió la entidad.   (2005-04-05) [Mas Información]
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    La prórroga del término de duración de una sociedad es válida desde el momento en que la asamblea o junta de socios adopta la decisión, aunque no se hayan cumplido los requisitos de publicidad exigidos en el artículo 158 del Código de Comercio, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que las formalidades de escritura y registro no influyen en la validez del negocio.   (2005-04-04) [Mas Información]
    Cuando los estatutos consagran el derecho de preferencia en la negociación de acciones y los socios no llegan a un acuerdo en el precio y la forma de pago, estos designarán peritos para que fijen el precio o, en su defecto, lo fijará el respectivo superintendente.   (2005-03-31) [Mas Información]
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    Los órganos de administración de una sociedad tienen la facultad discrecional de encomendar al revisor fiscal la revisión, desde el punto de vista formal, de los poderes que los socios confieran para hacerse representar en las reuniones del máximo órgano social. Lo anterior, siempre que no exista disposición contraria contenida en los estatutos y bajo el entendido de que la labor del revisor no comporta la aprobación legal de los poderes. Así lo determinó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 17 de febrero.   (2005-03-31) [Mas Información]
    Solo los créditos debidamente presentados en la etapa procesal correspondiente, dentro del trámite de liquidación de una sociedad, son objeto de graduación y calificación en la providencia respectiva y, por lo tanto, están sujetos al plan de pagos, precisó la Superintendencia de Sociedades. Según la entidad, los créditos que no se hicieron parte o fueron rechazados deben esperar las resultas del proceso.   (2005-03-31) [Mas Información]
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    Las juntas de acción comunal están obligadas a llevar y registrar los mismos libros de contabilidad que les son exigidos a las entidades comerciales y, por lo tanto, se les debe aplicar el Decreto 2649 de 1993, señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. La entidad aclaró que las juntas también deben llevar los libros estipulados en el artículo 57 de la Ley 743 del 2002.   (2005-03-29) [Mas Información]
    Las juntas de acción comunal están obligadas a llevar y registrar los mismos libros de contabilidad que les son exigidos a las entidades comerciales y, por lo tanto, se les debe aplicar el Decreto 2649 de 1993, señaló el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. La entidad aclaró que las juntas también deben llevar los libros estipulados en el artículo 57 de la Ley 743 del 2002.   (2005-03-28) [Mas Información]
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    La Superintendencia de Sociedades, por medio de la Resolución 533-001097 del pasado 9 de marzo, estableció la tarifa de contribución de sus entidades vigiladas para el 2005. Dicha tarifa será de 22 centavos por cada 1.000 pesos.   (2005-03-16) [Mas Información]
    Se pagarán 22 centavos por cada 1.000 pesos .-La Superintendencia de Sociedades, por medio de la Resolución 533-001097 del pasado 9 de marzo, estableció la tarifa de contribución de sus entidades vigiladas para el 2005. Dicha tarifa será de 22 centavos por cada 1.000 pesos.   (2005-03-15) [Mas Información]
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    Si en una sociedad de economía mixta la participación de capital estatal es superior al 50% pero inferior al 90%, el régimen jurídico aplicable a los actos y a las actividades mediante las cuales desarrolla su objeto social es de derecho privado, con excepción del régimen contractual, que está sujeto a las normas de la contratación pública. Así lo señaló el Consejo de Estado, en concepto del 10 de diciembre del 2004  (2005-03-08) [Mas Información]
    para efectos de la cesación de la responsabilidad a que se acaba de hacer referencia, el representante legal o el revisor fiscal saliente debe dar aviso a la Cámara de Comercio respectiva, a fin de que esa información se incorpore en el certificado de existencia y representación legal correspondiente a la sociedad.   (2005-03-07) [Mas Información]
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    Los socios o accionistas pueden solicitar al gerente y/o al revisor fiscal la información relativa a los aportes realizados al ICBF y a los fondos de pensiones, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que sobre dicha información no existe reserva de tipo legal y, además, los socios en ejercicio de su derecho de inspección están facultados para verificar que la gestión de los administradores se ajuste a la ley y a los estatutos.   (2005-03-02) [Mas Información]
    Por medio de la Resolución 330-000528 del pasado 22 de febrero, la Superintendencia de Sociedades reglamentó el sistema de autofinanciamiento comercial. De acuerdo con la norma, las sociedades dedicadas a la administración de planes provenientes del aporte periódico de dinero destinado a la formación de un fondo común con el fin de autofinanciar la adquisición de un bien o servicio serán denominadas sociedades administradoras de planes de autofinanciamiento comercial.   (2005-03-01) [Mas Información]
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    La acción social de responsabilidad contra los administradores puede iniciarse, si se cumplen los requisitos del artículo 25 de la Ley 222 de 1995, en especial, el que indica que la acción corresponde a la compañía. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades en concepto del pasado 21 de enero.   (2005-03-01) [Mas Información]
    De acuerdo con lo establecido en el Código de Comercio, tanto en las sociedades limitadas como en las sociedades anónimas, los socios y accionistas responden hasta por el monto de sus aportes. Sin embargo, en los estatutos de una sociedad limitada podrá estipularse una mayor responsabilidad, prestaciones accesorias o garantías suplementarias para todos o algunos de los socios. Así lo precisó la Superintendencia de Sociedades, en concepto emitido el pasado 26 de enero.   (2005-03-01) [Mas Información]
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    Sin excepción alguna, todos los acreedores de una sociedad concursada deben hacerse parte en el trámite del proceso liquidatorio, con el fin de obtener la solución de sus créditos. Así lo manifestó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 7 de enero.   (2005-02-24) [Mas Información]
    Cuando un accionista está en mora en el pago de las acciones suscritas, la junta directiva de la compañía respectiva solo puede aplicarle una de las medidas contempladas en el artículo 397 del Código de Comercio. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 31 de enero.   (2005-02-23) [Mas Información]
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    Salvo estipulación estatutaria en contrario, quien pretenda ceder sus cuotas sociales deberá ofrecerlas en primer lugar a los demás asociados, por conducto del representante legal, según lo previsto en los artículos 363 y siguientes del Código de Comercio. Así lo manifestó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 17 de enero.   (2005-02-22) [Mas Información]
    La prenda de las acciones de una sociedad es un contrato accesorio que constituye una limitación al dominio, pero no una forma de transmitirlo. Por tanto, su constitución no está sujeta al derecho de preferencia previsto por la ley, respecto de la negociación de acciones, cuando expresamente se pacta en los estatutos. Así lo expresó la Superintendencia de Sociedades el 7 de enero.   (2005-02-21) [Mas Información]
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    El representante legal de una sociedad que renuncie a su cargo y haya obtenido la cancelación de su inscripción como tal en el registro mercantil solo seguirá figurando en este para efectos procesales (judiciales o administrativos), cuando la sociedad correspondiente no haya efectuado un nuevo nombramiento. De esta forma lo manifestó la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 4 de enero.   (2005-02-21) [Mas Información]
    Para que las reuniones no presenciales se ajusten a derecho, es necesario que se puedan probar, que en el medio probatorio aparezca la hora y el girador, que los socios puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva y que la comunicación ocurra de forma inmediata, de acuerdo con el medio empleado. Así lo manifestó la Superintendencia de Sociedades, en el Concepto 220-817 del 7 de enero del 2005.   (2005-02-21) [Mas Información]
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    Los asociados no están obligados a aumentar el capital social ni a reponerlo en caso de pérdida, manifestó la Superintendencia de Sociedades. La entidad advirtió que, en las sociedades de responsabilidad limitada, no es viable la exclusión de ningún socio, salvo que la enajenación de cuotas no se perfeccione y la sociedad apruebe el retiro del asociado, en lugar de decretar la disolución y liquidación de la compañía  (2005-02-18) [Mas Información]
    Las discrepancias sobre la ocurrencia de causales de disolución de las sociedades que no están sometidas a la vigilancia y control del Estado o que, estándolo, la entidad vigilante no tenga la facultad de resolver pueden ser resueltas por la Superintendencia de Sociedades, en ejercicio de las funciones jurisdiccionales que le confiere la Ley 446 de 1998. Así lo precisó la entidad, en el Concepto 220-000342 del pasado 4 de enero.   (2005-02-18) [Mas Información]
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    Salvo estipulación expresa en contrario, el usufructo de cuotas sociales confiere los derechos inherentes a la calidad de asociado, entre los cuales están el de votar en las reuniones del máximo órgano social y el de percibir las utilidades sociales. De esta forma se pronunció la Superintendencia de Sociedades, en concepto del 7 de enero del 2005.   (2005-02-18) [Mas Información]
    Cuando la sociedad no informa oportunamente el hecho de haber quedado incursa en alguna de las causales de vigilancia y no remite la documentación correspondiente, la Superintendencia de Sociedades podrá imponer sanciones o multas de hasta 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Así mismo, la entidad señaló que tiene la facultad de solicitar en cualquier momento la información jurídica, contable o financiera que estime necesaria para el adecuado ejercicio de sus funciones.   (2005-02-17) [Mas Información]
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    El cargo de revisor fiscal puede ser ejercido por la misma persona y de manera simultánea en la sociedad matriz y en una de sus filiales o subordinadas, salvo norma estatutaria en contrario, siempre y cuando no se exceda el límite establecido por el legislador para el ejercicio de la revisoría fiscal. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en concepto emitido el pasado 18 de enero.   (2005-02-16) [Mas Información]
    Cuando se ceden cuotas en una sociedad de responsabilidad limitada, el cesionario se considera socio, solo a partir del momento en que la escritura pública que contenga la cesión haya sido inscrita en la cámara de comercio del domicilio social, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que, si existen utilidades pendientes al momento de inscribir la escritura pública de cesión, estas pertenecen al cesionario, salvo pacto en contrario.   (2005-02-16) [Mas Información]
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    El embargo de la razón social no implica el de los otros bienes sociales ni puede afectar el desarrollo de la liquidación de la compañía, manifestó la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que los bienes embargados no deben contabilizarse como activos contingentes, porque su propiedad no está en discusión.   (2005-02-15) [Mas Información]
    En materia de procesos de liquidación obligatoria, es deber de la Superintendencia de Sociedades convocar a todos los acreedores de la sociedad, para que se hagan parte del trámite presentando siquiera prueba sumaria de sus créditos, con el fin de aportar los elementos de juicio suficientes para la graduación y calificación de los mismos. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en el Concepto 220-000340 del pasado 4 de enero.   (2005-02-15) [Mas Información]
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    El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a través de la Resolución 118 del pasado 28 de enero, estableció las condiciones generales y los criterios técnicos que deben cumplir los prestadores de servicios de ecoturismo para acceder a los beneficios tributarios señalados en el artículo 207-2 del Estatuto Tributario.   (2005-02-14) [Mas Información]
    La ley no ha señalado un terminó de vigencia para el certificado de existencia y representación legal expedido por las cámaras de comercio, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio. No obstante, si se requiere conocer con certeza los actos y documentos inscritos, es necesario obtener certificados recientemente expedidos.   (2005-02-14) [Mas Información]
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    De acuerdo con el régimen de procesos concursales, la audiencia preliminar no es, en principio, el escenario indicado para solicitar la declaratoria de la liquidación del deudor. Así lo sostuvo la Superintendencia de Sociedades, en concepto del pasado 13 de diciembre. Según la entidad, la posibilidad de elevar dicha solicitud no está prevista en el temario que el artículo 129 de la Ley 222 de 1995 le fija taxativamente a la audiencia preliminar.   (2005-02-11) [Mas Información]
    De acuerdo con la Superintendencia de Sociedades, las sociedades anónimas abiertas deben tener más de 300 accionistas, nadie puede ser titular de más del 30% de la participación accionaria y las acciones deben estar inscritas en una bolsa de valores. El régimen de responsabilidad que se aplica a los accionistas de una sociedad que se anuncia como abierta sin serlo lo determina la Superintendencia de Valores, advirtió la entidad.   (2005-01-24) [Mas Información]
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    Sociedades en liquidación obligatoria Liquidadores deben diligenciar formularios de autoliquidación de aportes Los liquidadores de las sociedades en liquidación obligatoria deben diligenciar los formularios de autoliquidación de aportes al sistema de seguridad social integral, tal como lo establece el Decreto 1406 de 1999. Así lo recordó la Superintendencia de Sociedades, en la Circular Externa 01 del pasado 12 de enero. Además, la entidad advirtió que el incumplimiento de esa obligación perjudica a los trabajadores, porque impide aplicar los pagos efectuados a su historia laboral.   (2005-01-21) [Mas Información]
    El nombre comercial es un bien inmaterial de la sociedad El embargo de la razón social no impide disolver y liquidar la compañía El embargo de la razón social de la compañía no entorpece el desarrollo del objeto social ni impide que los socios adopten la decisión de disolverla y liquidarla, manifestó la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que el nombre comercial y la razón social hacen parte de los bienes inmateriales de la sociedad y pueden ser vendidos, a menos que estén embargados.   (2005-01-21) [Mas Información]
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    Responsabilidad de los administradores Préstamos a socios deben estar relacionados directamente con el objeto social Los préstamos que realice una compañía a sus socios se entenderán dentro del desarrollo del objeto principal siempre que tengan relación directa con este, so pena de la responsabilidad solidaria e ilimitada que tienen los administradores por los perjuicios que, por dolo o culpa, ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros, manifestó la Superintendencia de Sociedades. La entidad recordó que la capacidad de la sociedad está limitada por la actividades señaladas en el objeto social como principales.   (2005-01-21) [Mas Información]
    Superintendencia de Sociedades No hay inhabilidad legal para que un gerente vote su propia remuneración Según la Superintendencia de Sociedades, la ley no inhabilita para votar a quien se postula como candidato para la gerencia de un ente jurídico y, a la vez, forma parte del órgano competente encargado de determinar su remuneración. Sin embargo, sí existen motivos éticos que sugieren que sean los demás integrantes del cuerpo colegiado quienes se pronuncien a favor o en contra del tema de interés particular, advirtió la entidad.   (2005-01-21) [Mas Información]
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    Transformación, fusión o escisión de la sociedad Precisan el alcance y los efectos del derecho de retiro de los socios La Superintendencia de Sociedades, a través de la Circular Externa 04 del pasado 14 de enero, precisó el alcance y los efectos del derecho de retiro de los socios, con el fin de facilitar su ejercicio. La entidad recordó que el derecho de retiro se aplica en los casos de transformación, fusión o escisión de sociedades, cuando estas reformas impongan desmejora en los derechos patrimoniales o una mayor responsabilidad para los socios. Con esta norma, la superintendencia derogó la Circular Externa 24 del 12 de noviembre de 1997.   (2005-01-21) [Mas Información]
    Sociedades administradoras de consorcios comerciales La actividad consorcial debe ser ejercida por sociedades debidamente constituidas La actividad administradora de consorcios comerciales solo puede ser ejercida por sociedades debidamente constituidas, cuyo objeto social contemple de manera exclusiva y privativa la actividad consorcial, señaló la Superintendencia de Sociedades. En el desarrollo de su objeto social, estas compañías se sujetarán a lo dispuesto en la Resolución 11746 de 1988, indicó la entidad.   (2005-01-21) [Mas Información]
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    Cámaras de comercio Libros de contabilidad se registran ante la DIAN Para efectos probatorios, las cámaras de comercio deben registrar sus libros de contabilidad ante la Administración de Impuestos Nacionales, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio. Según la entidad, estas cámaras continúan rigiéndose por lo establecido en el artículo 2 º del Decreto 2500 de 1986, aplicable a las entidades sin ánimo de lucro.   (2005-01-21) [Mas Información]
    Administradores de sucursales Cuando en los estatutos no se determinan las facultades, se debe otorgar un poder Cuando en los estatutos de una sociedad no se encuentran determinadas las facultades de los administradores de las sucursales, se debe otorgar un poder por escritura pública o un documento legalmente reconocido e inscrito en el registro mercantil, señaló la Superintendencia de Sociedades. A falta de dicho poder, se presumirá que tienen las mismas atribuciones de los administradores de la principal, precisó la entidad.   (2005-01-21) [Mas Información]
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    Ausencia temporal o definitiva del representante legal Los suplentes actúan de acuerdo al orden en que hayan sido designados e inscritos A pesar de que en la ley no se encuentra establecido el orden en el que deben actuar los suplentes del representante legal en una sociedad, en la práctica, estos se desenvuelven de acuerdo al orden en el que hayan sido designados e inscritos en la cámara de comercio. Así lo indicó la Superintendencia de Sociedades, en concepto emitido el 16 de diciembre del 2004.   (2005-01-21) [Mas Información]
    Superintendencia de Sociedades El representante legal conserva su calidad mientras no cancele la inscripción Las personas que han sido inscritas ante la cámara de comercio como representantes legales de la sociedad conservarán esta calidad mientras no se cancele dicha inscripción, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que la persona inscrita, sea en calidad de principal o de suplente, asume para todos los efectos las responsabilidades propias del cargo.   (2005-01-21) [Mas Información]
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    Cámaras de comercio Libros de contabilidad se registran ante la DIAN Para efectos probatorios, las cámaras de comercio deben registrar sus libros de contabilidad ante la Administración de Impuestos Nacionales, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio. Según la entidad, estas cámaras continúan rigiéndose por lo establecido en el artículo 2 º del Decreto 2500 de 1986, aplicable a las entidades sin ánimo de lucro.   (2005-01-18) [Mas Información]
    Juntas directivas de sociedades Nombramiento recae necesariamente sobre personas El nombramiento de la junta directiva de una sociedad debe recaer necesariamente sobre personas y no sobre cargos, salvo que los estatutos hayan previsto otra cosa. Según la Superintendencia de Industria y Comercio, las cámaras de comercio no pueden inscribir la remoción de los directores de una sociedad con base en un documento en el que solo se informe el cambio que tuvo el cargo público que ostentaba la persona elegida por la asamblea como miembro de la junta directiva.   (2005-01-18) [Mas Información]
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    Sociedades administradoras de consorcios comerciales La actividad consorcial debe ser ejercida por sociedades debidamente constituidas La actividad administradora de consorcios comerciales solo puede ser ejercida por sociedades debidamente constituidas, cuyo objeto social contemple de manera exclusiva y privativa la actividad consorcial, señaló la Superintendencia de Sociedades. En el desarrollo de su objeto social, estas compañías se sujetarán a lo dispuesto en la Resolución 11746 de 1988, indicó la entidad.   (2005-01-18) [Mas Información]
    Transformación, fusión o escisión de la sociedad Precisan el alcance y los efectos del derecho de retiro de los socios La Superintendencia de Sociedades, a través de la Circular Externa 04 del pasado 14 de enero, precisó el alcance y los efectos del derecho de retiro de los socios, con el fin de facilitar su ejercicio. La entidad recordó que el derecho de retiro se aplica en los casos de transformación, fusión o escisión de sociedades, cuando estas reformas impongan desmejora en los derechos patrimoniales o una mayor responsabilidad para los socios. Con esta norma, la superintendencia derogó la Circular Externa 24 del 12 de noviembre de 1997.   (2005-01-18) [Mas Información]
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    Aspectos relacionados con la liquidación voluntaria. Aprobada la cuenta final de la liquidación, se entregará a los asociados lo que les corresponda y, si hay ausentes o son numerosos, los liquidadores los citarán por medio de avisos que se publicarán por no menos de tres veces, con intervalos de ocho a diez días, en un periódico que circule en el lugar del domicilio social.   (2004-11-25) [Mas Información]
    De las deudas sociales no canceladas. Las obligaciones son vínculos jurídicos entre personas determinadas y sobre un objeto determinado, que coloca a uno de ellos, deudor, en la necesidad de dar, hacer o no hacer algo con respecto de la otra, y el acreedor, a quien la ley le da los medios necesarios para obtener el cumplimiento si aquel se rehusa, pues si así no fuera, las obligaciones carecerían de toda realidad práctica. .   (2004-11-25) [Mas Información]
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    No existe restricción alguna para constituirla bajo alguna de las formas consagradas en el Código de Comercio, presupuesto que incluye aquellas que la ley cataloga como en comandita, cuyo tratamiento recoge el mencionado estatuto, al que deberá acudir para conocer los lineamientos de cada tipo societario, dentro del marco legal contenido en el artículo 110 y siguientes (Decreto 410 de 1971), en el que se precisan aspectos propios de la constitución y funcionamiento de las sociedades.   (2004-11-25) [Mas Información]
    A través de personas jurídicas comerciales o civiles, se adelanten actividades propias de profesiones liberales, teniendo en cuenta, que la naturaleza jurídica de las mismas estará sujeta a las actividades que constituyen el objeto social y no a la estructura a través de la cual se preste, es decir, las actividades propias y afines con la profesión del derecho, bien puede llevarse a cabo mediante personas jurídicas de carácter civil, sí las actividades propias de su objeto se limitan al desarrollo y ejecución de actos propios de la profesión, por el contrario, será comercial, en la medida en que se constituya para ejecutar alguno de los actos que la ley considera como mercantiles  (2004-11-25) [Mas Información]
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    Para una sociedad que incurra en la causal de vigilancia del inciso b) del artículo primero del Decreto 3100 de 1997, es decir sus ingresos al cierre del 2003 superan los 20000 salarios mínimos quedando sujeta a vigilancia a partir del primero de abril de 2004, que trámites debe acometer ante ese organismo y cuales son los plazos establecidos para estos   (2004-11-18) [Mas Información]
    este despacho hizo una completa síntesis sobre los temas materia de sus inquietudes, los cuales dada su importancia han sido materia de estudio de importantes tratadistas del derecho Mercantil, como los doctores José Ignacio Narváez García y Gabino Pinzón, cuyas obras reposan en la Biblioteca de esta entidad   (2004-11-18) [Mas Información]
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    Artículo 181. Reuniones Ordinarias y Extraordinarias. "Los socios de toda compañía se reunirán en junta de socios o asamblea general ordinaria una vez al año, por lo menos, en la época fijada en los estatutos....". Artículo 182. Convocatoria y Deliberación de Reuniones Ordinarias y Extraordinarias. "En la convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y decidirá. En las reuniones ordinarias la asamblea, podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de los directores o de cualquier asociado....".   (2004-11-18) [Mas Información]
    Me refiero a su escrito radicado en esta Superintendencia con el número 2004-01-109165, mediante el cual consulta si la Entidad se ha pronunciado acerca del alcance de la excepción contemplada en el artículo 241 del Código de Comercio, relativa a la posibilidad de distribuir entre los asociados la parte de los activos sociales que exceda del doble del pasivo inventariado y no cancelado al momento de hacerse la distribución, en un proceso de liquidación voluntaria de una sociedad  (2004-11-18) [Mas Información]
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    se considera ilimitada la responsabilidad porque cada socio responde más allá del monto de su aporte y solidaria, porque cualquier acreedor social puede exigir de uno o más socios la totalidad de la deuda contraída por la sociedad, aunque no de manera directa   (2004-11-18) [Mas Información]
    Para ese fin ha de tenerse en cuenta que en las sociedades del tipo citado, las decisiones de la junta por regla general se toman por un número plural de socios que represente la mayoría absoluta de las cuotas en que se halle dividido el capital social, salvo que en los estatutos se estipule una mayoría superior, mayoría que en principio aplica para efectos de la distribución de utilidades, a no ser que se acuerde distribuir menos del 50% de las mismas, en cuyo caso la determinación correspondiente debe aprobarse con el voto favorable de un número plural de socios que represente cuando menos, el 78% de las acciones, cuotas o partes de interés representadas en la reunión (artículo 155 del Código de Comercio, modificado por el artículo 240 de la Ley 222 de 1995).   (2004-11-18) [Mas Información]
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    En adelante, la inspección, vigilancia y control de las sociedades de compra de cartera (factoring) no se llevará a cabo por la Superintendencia Bancaria, sino que se ajustará a las disposiciones generales sobre vigilancia y control de las sociedades mercantiles y de emisión o oferta de valores. Estas sociedades continuarán sujetas a la prohibición de captar ahorro del público en forma masiva y habitual  (2004-11-18) [Mas Información]
    Siempre que en las sociedades se trate de elegir a dos o más personas para integrar una misma junta, comisión o cuerpo colegiado, se aplicará el sistema de cuociente electoral. Este se determinará dividiendo el número total de los votos válidos emitidos por el de las personas que hayan de elegirse. El escrutinio se comenzará por la lista que hubiere obtenido el mayor número de votos y así en orden descendente. De cada lista se declararán elegidos tantos nombres cuantas veces quepa el cuociente en el número de votos emitidos por la misma, y si quedaren puestos por proveer, éstos corresponderán a los residuos más altos, escrutándolos en el mismo orden descendente. En caso de empate de los residuos decidirá la suerte  (2004-11-18) [Mas Información]
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    no existe en el ordenamiento mercantil norma alguna que impida o prohíba la celebración de actos o contratos entre los accionistas o a favor de terceros. En principio, conforme lo señala el artículo 196 del C. de Co., a fa lta de estipulación en el contrato social, que limite o restrinja las facultades de los administradores, se entenderá que quienes la representan legalmente ".... podrán celebrar o ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que se relacionen directamente con la existencia y el funcionamiento de la sociedad   (2004-11-18) [Mas Información]
    De todas formas en Colombia son pocas las manifestaciones de orden legal en torno al consorcio. Cuando se pretende desarrollar un contrato semejante (unión de esfuerzos para la realización de obras o contratos de servicios), se apela a diferentes figuras jurídicas tradicionales con el fin de ubicarlo para su manejo respectivo. El doctor Jaime A, Arrubla P., en su libro Contratos Mercantiles, Tomo II -Contratos Atípicos- 2ª edición, 1.992, págs. 291 a 293, expresa que "El consorcio es un concepto indefinido en nuestra legislación y al que se le ha dado el tratamiento de sociedades de hecho. Sin embargo, el consorcio no es un contrato de sociedad, ni de cuentas de participación. El consorcio es una figura contractual atípica en Colombia, que puede ubicarse como una especie de los denominados por la doctrina, contrato de colaboración empresarial"   (2004-11-18) [Mas Información]
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    Que requisitos y formalidades se deben cumplir, para la constitución de una sociedad anónima, cuyo objeto principal es la compra de cartera (Factoring), con recursos propios.   (2004-11-18) [Mas Información]
    Las sanciones que esta Superintendencia puede imponer a un revisor fiscal, se encuentran relacionadas con actos realizados por el cuya investigacion le compete a esta Entidad en razon de sus funciones. Por incumplir las funciones que le hubieren sido asignadas por la ley, ese despacho es competente para imponer la sancion respectiva. La presunta confabulacion del revisor fiscal con el gerente de la compani­a, contra un grupo de accionistas de la misma, es a todas luces contraria al ejercicio de sus funciones, puesto que de acuerdo con lo dispuesto por el arti­culo 207 del Estatuto Mercantil, su labor consiste principalmente en la fiscalizacion de la labor del representante legal y en general de los administradores de la sociedad.   (2004-11-17) [Mas Información]
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    La Superintendencia de Sociedades indicó el procedimiento aplicable para la reconstrucción de las hojas del libro de actas, ya sean removibles o no, cuando estas se hayan extraviado. Según la entidad, se debe presentar el denuncio correspondiente y se pueden tomar las copias de las actas que estén en los archivos de la compañía, en poder de los socios o de terceros, tal como lo establece el artículo 135 del Decreto 2649 de 1993.   (2004-11-17) [Mas Información]
    No es requisito fundamental que estos acuerdos queden incluidos en la escritura de constitución de la compañía, puesto que en primer lugar es factible que no todos los accionistas los pacten y eso hará imposible que ellos consten en dicho instrumento público, y además, porque también es viable que se celebren después de constituido el ente jurídico, en cuyo caso tampoco constarán en la escritura de constitución de la sociedad.   (2004-11-16) [Mas Información]
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    Debe estar determinado en una cifra, que en principio permite la certeza y tangibilidad propia de su objetivo, cual es constituirse en prenda general de los acreedores, sin perjuicio que el mismo se integre con otras fuentes, como por vía de ejemplo se podría citar la inversión suplementaria al capital asignado.   (2004-11-16) [Mas Información]
    El liquidador puede celebrar todos aquellos actos que estén directa o indirectamente encaminados a la liquidación del ente social, puesto que, de conformidad con lo que dispone el artículo 222 del Estatuto Mercantil, disuelta la sociedad se procederá de inmediato a su liquidación y por ende, no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto y conservará su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a su inmediata liquidación.  (2004-11-16) [Mas Información]
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    Sin embargo si se tratare de una oferta de dación en pago de una acreencia que la sociedad en liquidación no ha podido recuperar, aquel no será un acto que necesariamente se encuentre opuesto a los fines de la liquidación de la compañía, puesto que podría llegar incluso a facilitarla, logrando con ello cancelar alguna obligación que tuviere a cargo o, en el peor de los casos, encontraría en la venta de las acciones recibidas una fuente para sufragar los gastos de la liquidación de la compañía  (2004-11-16) [Mas Información]
    El libro de acciones es el medio legal e idóneo para establecer los gravámenes que existan sobre las acciones ellas, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que todas las sociedades deben tenerlo y registrarlo en la cámara de comercio, en él deben quedar estipulados el nombre, la nacionalidad, el domicilio, documento de identificación, número de partes de interés y las cuotas o acciones que correspondan a cada uno de los socios, así como los embargos, gravámenes y cesiones que se hayan realizado  (2004-11-11) [Mas Información]
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    Los socios ausentes o disidentes tienen derecho a ejercer el derecho de retiro, cuando por una fusión, transformación o escisión se les imponga una mayor responsabilidad o se les desmejoren sus derechos patrimoniales, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que el derecho de retiro procura que, ante decisiones de gran trascendencia, los socios tengan la posibilidad de retirarse con el consecuente reembolso de su aporte.   (2004-11-11) [Mas Información]
    El remate de la razón social no lleva implícito el remate de las cuotas sociales, manifestó la Superintendencia de Sociedades. Según la entidad, si la obligación es de la sociedad no hay razón para proceder al embargo de activos pertenecientes a los asociados, pero, si se trata de obligaciones laborales o fiscales y la sociedad no tiene para cubrirlas, se podrán embargar las cuotas de los socios.   (2004-11-11) [Mas Información]
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    La asamblea puede implementar los mecanismos de votación que considere necesarios para la recepción de los votos de los asociados y determinar, respecto de cada tema, si se obtiene la mayoría necesaria para establecer la voluntad social, señaló la Superintendencia de Sociedades. La asamblea debe continuar sesionando al tiempo que se depositan los votos. Sin embargo, la reunión puede suspenderse y seguir con la votación una vez se reanude, de acuerdo con lo establecido en el artículo 430 del Código de Comercio, precisó la entidad.   (2004-11-11) [Mas Información]
    Si en la elaboración del inventario que sirve como base para la liquidación de toda sociedad se omite la relación de una acreencia, se incurre en un error que puede generar la nulidad de lo actuado, pues hasta tanto el crédito no sea recaudado o castigado, no se puede dar por cumplido a cabalidad el proceso liquidatorio, precisó la Superintendencia de Sociedades. Para efectos de la acción de nulidad del mencionado proceso, la entidad señaló que se debe acudir ante la justicia ordinaria civil.   (2004-11-11) [Mas Información]
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    Las comisionistas de bolsa deberán informar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales los apellidos, nombre, razón social, NIT y dirección de cada una de las personas que hayan efectuado enajenaciones o adquisiciones de acciones y demás papeles transados en bolsa, cuando el valor anual acumulado de una persona haya superado la suma de 20.000.000 de pesos.   (2004-11-08) [Mas Información]
    De conformidad con lo establecido en el Decreto 2500 de 1986, las cámaras de comercio están obligadas a registrar sus libros de contabilidad ante la oficina de la administración de impuestos nacionales que corresponda a su domicilio, con el fin de que estos sirvan de prueba suficiente. Así lo manifestó la Superintendencia de Industria y Comercio, en el Concepto 4074989 del 2004.   (2004-10-29) [Mas Información]
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    Agilizará procesos de contratación y compras POR CONTRATOS MENORES A 20 SALARIOS NO SE EXIGIRÁ CERTIFICADO DE DEUDOR MOROSO Bogotá, 21 oct (SNE).- Para los contratos de compra o de vinculación con entidades del Estado que sean inferiores a 20 salarios mínimos mensuales (es decir 7 millones 160 mil pesos de hoy), no se exigirá el Certificado de Deudores Morosos. Así lo determinó el Ministerio de Hacienda en el decreto 3361, por medio del cual aclara la forma de aplicación del Boletín de Deudores Morosos que deben realizar todas las entidades estatales y enviarlo a la Contaduría General de la Nación para su publicación semestral.   (2004-10-23) [Mas Información]
    Contadores públicos que actúan como peritos .El perito en materia contable debe obtener una evidencia válida y suficiente para corroborar las afirmaciones que hacen parte de su dictamen y comprobar que las cifras registradas en libros y estados financieros reflejan en forma fidedigna la realidad de las situaciones objeto de peritación. Así lo manifestó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en el Concepto 288, emitido el pasado 10 de septiembre.   (2004-10-23) [Mas Información]
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    Se necesita autorización para disminuir el capital con reembolso de aportes Para disminuir el capital de una compañía con el efectivo reembolso de aportes, el representante legal o apoderado deberá solicitar autorización ante la Superintendencia de Sociedades. A dicha solicitud se deberá anexar copia del acta correspondiente a la reunión del máximo órgano social en la que se tomó la decisión de disminuir el capital. Así mismo, la entidad señaló que la decisión debe adoptarse con base en un estado financiero extraordinario que debe tener un corte no superior a 30 días.   (2004-10-20) [Mas Información]
    Señalan condiciones para autorizar la disminución del capital social La autorización de la disminución del capital de cualquier sociedad es procedente cuando se pruebe que la sociedad carece de pasivo externo, que hecha la reducción los activos sociales representan no menos del doble del pasivo externo o que los acreedores sociales aceptan expresamente y por escrito la reducción, cualquiera que fuere el monto del activo o de los activos sociales. Si dentro del pasivo externo hay prestaciones sociales, es necesaria la aprobación del competente funcionario del trabajo, recordó la Superintendencia de Sociedades.   (2004-10-20) [Mas Información]
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    La Sociedad Anónima se rige por las disposiciones contenidas en el Decreto 410 de 1971 particularmente las previstas en el Libro 2º, Título VI (Código de Comercio) y por la Ley 222 del 20 de diciembre de 1995, "por la cual se modifica el libro ll del Código de Comercio, se expide un nuevo régimen de procesos concúrsales y se dictan otras disposiciones".   (2004-10-07) [Mas Información]
    Quién ejerce la inspección, vigilancia y control sobre dichas sociedades, sobre el desarrollo de sus objetos sociales y si dentro de las funciones de la Superintendencia de Sociedades, está la de solicitar información sobre el desarrollo de aquellos?.   (2004-10-07) [Mas Información]
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    No se puede realizar la reunión de segunda convocatoria cuando no se logre obtener el quórum necesario para la adopción de decisiones en las reuniones no presenciales, establecidas en los artículos 19 y 20 de la Ley 222 de 1995, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que si se insiste en este tipo de reuniones deberá obtenerse la expresión del voto de todos y cada uno de los accionistas o miembros de la junta directiva.   (2004-10-03) [Mas Información]
    La disolución de una sociedad responde a una reforma estatutaria que debe ser registrada en la cámara de comercio del domicilio social, con el fin de que pueda producir efectos frente a terceros, señaló la Superintendencia de Sociedades. La entidad precisó que cuando la sociedad en disolución no ha sido inscrita en el registro mercantil y el proceso de liquidación no se ha llevado a cabo, la compañía sigue siendo sujeto de derechos y obligaciones  (2004-10-01) [Mas Información]
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    Para: Usuarios de los servicios profesionales de Contaduria Publica. Ciudadanos interesados en presentar quejas disciplinarias ante la Junta Central de Contadores, entidades publicas conocedoras de infracciones al ordenamiento etico de la profesion contable.  (2004-09-30) [Mas Información]
    Me refiero a su escrito radicado en esta Superintendencia con el numero 2004-01-095790, mediante el cual expone dos situaciones que se presentan en una sociedad, y formula una serie de interrogantes relacionados con las circunstancias que las rodean.  (2004-09-30) [Mas Información]
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    Por la cual se dictan disposiciones sobre los requisitos y el procedimiento para la inscripcion en el registro profesional de Contadores Publicos y para la expedicion de la tarjeta profesional correspondiente  (2004-09-30) [Mas Información]
    analisis con base en las normas legales que establecen la obligacion de preparar y difundir estados financieros de proposito general, en el entendido que el caso que nos ocupa este; relacionado con estos; los requisitos minimos que deben cumplir para que generen los efectos previstos por el legislador en cada caso, el alcance de la certificacion y el dictamen de los mismos, y, la rectificacion de que trata el articulo 40 de la Ley 222 de 1995, panorama normativo que se complementaria con las prescripciones del Decreto 2649 de 1993, a traves del cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.  (2004-09-29) [Mas Información]
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    Me refiero a su escrito radicado en esta Superintendencia con el numero 2004-01-093220, mediante el cual consulta si se puede entender que las acciones de una sociedad son titulos valores, por el hecho de afirmarse que las mismas son de caracter nominativo, y pregunta cual es la posicion de la Superintendencia en torno al tema.  (2004-09-29) [Mas Información]
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