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Paquete tributario 2008
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Liquidador intereses moratorios

  • 1 de Julio al 30 de Septiembre de 2010

  • Tasa de usura 22.41 %

    "tasas de usura" con la cual se liquidarían los intereses moratorios de los impuestos nacionales y territoriales. El interés moratorio tributario se liquidará por cada día calendario de retardo

    Aqui aplicativo

    Autor:
    Fernando Cortes Martínez

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    Liquidador Sancion por extemporaneidad
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    Recuerde que el pico y placa en Bogota va desde las 6:00 am hasta las 8:00 pm.
    Conceptos Tributarios
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    Ver normas por año: | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | 2008 | 2009

    Sobre su consulta referida a la constitución de una Sociedad de Comercialización Internacional con capital 100% extranjero, comedidamente le manifiesto que las Sociedades de Comercialización Internacional se pueden constituir en las formas societarias reconocidas por el Código de Comercio, como se indicó mediante Concepto No. 026 del 20 de abril de 2007, del cual se adjunta copia.
      (2009-11-12) [Mas Información]
    RESUELVE
    Artículo 1°.- Competencia funcional de los derechos y garantías de los administrados fiscales. Corresponde al Órgano Especial Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero garantizar el respeto de los derechos de los contribuyentes, responsables, agentes de retención, declarantes y usuarios aduaneros en todo el territorio nacional, a través de la presencia de sus Defensores Delegados.

    Artículo 2°.- Delegación de funciones. Para garantizar el respeto de los derechos de los contribuyentes, responsables, agentes de retención, declarantes y usuarios aduaneros al Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero Delegado Regional Centro, Álvaro Eloy Ayala Pérez se le delegan las siguientes funciones:
      (2009-10-06) [Mas Información]
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    RESUELVE
    ARTICULO 1. Adicionase el artículo 13 de la Resolución No. 7935 de julio 28 de 2009, con el siguiente inciso:

    “Los pagos o abonos en cuenta se deben informar en el FORMATO 1043 Versión 7, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 4 de la presente Resolución, diligenciándolos en la columna de pagos o abonos en cuenta.”

    ARTICULO 2. Modificase el Anexo 1 de la Resolución 7935 de 2009, correspondiente a la especificación técnica del Formato 1010 versión 7, en el numeral 2.3 “Formato de Contenido”, en la parte correspondiente a “Criterios” para la casilla “Porcentaje de participación”, en el siguiente sentido:
      (2009-09-30) [Mas Información]
    Consulta sí para efectos del impuesto al patrimonio, es posible asimilar la suscripción de un acuerdo de acreedores por parte de una entidad cooperativa en los términos del artículo 20 del Decreto 756 de 2000 y numeral 19 del artículo 291° del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, al acuerdo de acreedores de que trata la Ley 550 de 1999?

    Según el artículo 297 del Estatuto Tributario:
    No están obligadas a pagar el impuesto al patrimonio, las entidades a las que se refiere el numeral 1° del artículo 19, así como las relacionadas en los artículos 22, 23, 23-1 y 23-2 del estatuto tributario. Tampoco están sujetas al pago del impuesto las entidades que se encuentren en liquidación, concordato o que hayan suscrito acuerdo de reestructuración de conformidad con lo previsto en la Ley 550 de 1999.

    Cuentale a un amigo

      (2007-10-19) [Mas Información]
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    CONSULTA :
    Consulta si es viable aplicar el mismo tratamiento tributario de las donaciones provenientes de entidades o gobiernos extranjeros prevista en el artículo 96 de la Ley 788 de 2002 a los recursos que aportan los ejecutores de dichas donaciones como una cofinanciación del programa de utilidad común.

    Cuentale a un amigo

      (2007-08-29) [Mas Información]
      CAPÍTULO I
    GENERALIDADES
    ARTÍCULO 1°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. Están obligados a aplicar el presente Reglamento Interno de Recaudo de Cartera las entidades y organismos de la Administración Central del Distrito Capital y el Sector de las Localidades.

    Parágrafo: El presente Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, será igualmente aplicable a las Entidades y Organismos del nivel descentralizado, en aquellos eventos que no hayan sido regulados por dichas Entidades u Organismos.

    . Enviar a un amigo


      (2007-03-08) [Mas Información]
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    RESUELVE:

    Artículo 1°. Todas los sujetos obligados de conformidad con el considerando 10 de la presente Resolución, una vez determinada la operación sospechosa, deben proceder a reportar a la UIAF de manera inmediata y directa, en las condiciones establecidas por la Circular Externa 081 de 1999 de la Superintendencia Nacional de Salud y en la Resolución 1453 de 2006 de ETESA.

      (2007-02-28) [Mas Información]
    Pregunta sobre las obligaciones tributarias que deben cumplir las Juntas de Calificación de Invalidez.  (2004-10-31) [Mas Información]
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    Mediante radicado de la referencia, fue remitido a este despacho para su estudio y comentarios copia del Proyecto de Decreto" Por el cual se modifica el Artículo 8 del Decreto 1915 de 2003"  (2004-10-31) [Mas Información]
    Su consulta se concreta en determinar si por el pago hecho en cumplimiento de una sentencia judicial en la cual se condenó a pagar una suma determinada a título de indemnización laboral por despido, hay lugar a efectuar retención en la fuente.  (2004-10-31) [Mas Información]
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    En relación con la consulta formulada por el señor Embajador de Colombia en México, de manera atenta le informo que los contribuyentes que sean declarantes del impuesto sobre la renta en Colombia, podrán deducir de sus ingresos gravables las donaciones que efectúen a las asociaciones, corporaciones y fundaciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto social y actividad correspondan a la cultura, siempre y cuando la misma sea de interés general, conforme a las reglas establecidas en los artículos 125 a 125-4 del Estatuto Tributario.  (2004-10-31) [Mas Información]
    Respecto del epígrafe y en cuanto a la facultad de reglamentar la factura electrónica, dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición de la Ley 223 de 1995, es claro que la misma fue reglamentada por el decreto 1094 de 1996, oportunamente, lo cual permite modificar el reglamento  (2004-10-31) [Mas Información]
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    Respecto de si está gravado o no con el impuesto sobre las ventas la enajenación de talonarios que las empresas de lotería entregan a los concesionarios de apuestas permanentes (chance)  (2004-10-31) [Mas Información]
    Consulta usted cuál es la base gravable de retención en la fuente en un contrato de permuta, en donde se pacta un precio inferior al autoavalúo de los bienes objeto del negocio jurídico.  (2004-10-31) [Mas Información]
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    Formula usted una serie de interrogantes de carácter particular relacionados el término para la presentación de la solicitud de devolución del impuesto sobre las ventas por adquisición de materiales de construcción para vivienda de interés social y la vigencias de las facturas base para la correspondiente solicitud.  (2004-10-31) [Mas Información]
    Solicita usted el concepto de esta oficina con el fin de establecer si la expresión "salario" se refiere a los términos laborales o por el contrario si dentro de este criterio se incluirían todos aquellos ingresos percibidos con ocasión de la relación laboral (incluida la bonificación por compensación) aumentando así la renta exenta para estos funcionarios.  (2004-10-31) [Mas Información]
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    Para efectos de reconocer el derecho a devolución o compensación del impuesto sobre las ventas por la adquisición de materiales de construcción para vivienda de interés social, es procedente aplicar la definición de vivienda nueva contenida en el numeral 2.5 del artículo 1º del Decreto 975 de 2004?  (2004-10-31) [Mas Información]
    Pregunta usted si procede la sanción consagrada en el artículo 651 del Estatuto Tributario, cuando antes de ser notificado el pliego de cargos, se corrige, adiciona o disminuye la información tributaria presentada en medio magnético correspondiente a los años gravables 2003, 2002 y anteriores.  (2004-10-31) [Mas Información]
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    Régimen tributario igualitario para todos los movimientos, asociaciones y congregaciones religiosas, que sean entidades sin ánimo de lucro  (2004-10-31) [Mas Información]
    Vale la pena recordar que la competencia de esta División es la de absolver por escrito y en forma general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias y no se encuentra facultada para resolver asuntos formulados con carácter particular y concreto   (2004-10-31) [Mas Información]
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